Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Persona física

El 29-04-2014, Persona física, en RESIDENCIAL (Tarragona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es 77787263K. La actividad (principal) de Persona física es actividades inmobiliarias.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
RESIDENCIAL
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
77787263K
Número de insolvencia:
77787263K
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
NOGUERA, 6 - 2 2 URB RESIDENCIAL 0
43820 RESIDENCIAL
Mostrar en tarjeta
-
PS :
MARITIM 2
08880 CUBELLES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-01-2015
A150000348
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
 

Edicto

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil de Tarragona, por el presente hace saber:

Que en los autos de Concurso Voluntario de Jaime Díaz Vilamajo [CIF 77787263K Elisa-Florencia Martínez López (CIF 39719195N)], seguidos en este Juzgado con el n.º 139/2014, se ha dictado en fecha 05/12/14 Auto de archivo del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

El archivo del presente procedimiento concursal, si bien, la parte demandante puede promover otro nuevo, de forma correcta, sobre el mismo objeto.

Hágase público, igualmente, el presente auto de archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Civil de Ontur y de Vilanova i la Geltrú, para la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales e igualmente expídanse mandamientos a los Registros de la Propiedad de donde figuran inscritos los bienes y derechos de los concursados. Deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día y al Registro Público Concursal, entréguese copia del auto de archivo del concurso, a los efectos de publicidad de la presente resolución y de las demás que, conforme a la ley, exijan publicidad mediante edictos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell.

Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de apelación para cuya interposición únicamente estará legitimada la parte solicitante del concurso.

Lo acuerda y firma el Juez César Suárez Vázquez del Juzgado Mercantil de Tarragona. Doy fe.

El Juez. El Secretario judicial.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en

Tarragona, 10 de diciembre de 2014.- Secretario judicial.

21-05-2014
A140023909
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Don Juan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto: Concurso n.º 139/2014, Sección 2.

NIG: 4314847120148001276.

Fecha del auto de declaración: 29/04/14.

Clase de concurso: Voluntario.

Entidad concursada: Jaime Díaz Vilamajo, NIF: 77787263K, y Elisa Florencia Martínez López, NIF: 39719195N; con domilicio en calle Noguera, 10, bloque 1, 2.º-2.ª, Calafell (Tarragona), representada por el Procurador D. Jordi Garrido Mata.

Administrador concursal: Don Jordi Pons Boronat, dirección: Plaça Alcalde Lloret, 1, 2n. 1.ª, Tarragona, e-mail: jordi@JimenezPons.com.

Régimen de las facultades del concursado: Intervención

Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse.

En

Tarragona, 12 de mayo de 2014.- Secretario judicial.

Informes
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