Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 940/2013, referente al concursado Urpaca, S.L., con CIF n.º B14298129, se ha dictado auto de fecha 17 de diciembre de 2014 aprobando el plan de liquidación presentado por el administrador concursal.
Se acuerda, asimismo, formar la sección sexta de calificación del concurso, lo que se anunciará por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 17 de diciembre de 2014.- El/la Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba (antiguo Instancia número 9),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento concursal número 940/2013, referente al deudor Urpaca, S.L., con CIF n.º B-14298129, se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.º La presentación del informe de la Administración concursal y de la documentación complementaria notifíquese a quienes se hayan personado en el concurso y publíquese en el tablón de anuncios del Juzgado durante diez días.
Córdoba, 4 de junio de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.- Que en el procedimiento número 940/2013, con NIG 1402142M20130000996 por auto de veintitrés de enero de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Urpaca, S.L., con código de identificación fiscal B14298129 con domicilio en polígono industrial S-2, parcela 8 Pedro Abad y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Pedro Abad (Córdoba).
2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Miguel Ángel Aguilar Furrasola, con domicilio postal en avenida Gran Capitán, número 18, 5, 2.ª planta, y dirección electrónica: concursal2@cyoauditores.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Córdoba, 29 de enero de 2014.- El/la Secretario Judicial.