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Concurso de acreedores Construcciones Roylusa S.L.

El 01-01-0001, Construcciones Roylusa S.L., en SARRIA (Lugo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LUGO. El número de insolvencia de esta empresa es B27177997. La actividad (principal) de Construcciones Roylusa S.L. es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Roylusa S.L.
Localidad:
SARRIA
Provincia:
Lugo
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B27177997
Número de insolvencia:
B27177997
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BENIGNO QUIROGA (EN) 75
27600 SARRIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-01-2014
A140001985
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Don Francisco Julián Hinojal Gijon, Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2, Mercantil de la Provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

1.° Que en el procedimiento número 22/14, por Auto de 10 de enero se ha declarado en concurso voluntario, abreviado al deudor Promociones Lulosa, S.L., B27l78185; Aridos Luar, S.L., B27216282; Transportes Jelusar, S.L., B27208438; Construcciones Roylusa, S.L., B27177997, y Luis López Sánchez, 76616263C, con domicilio en Benigno Quiróga, 75, Sarria, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sarria.

2.° Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la interverción de la Administración Concursal. Han sido designado Administrador don José Manuel Núñez Núñez, calle Vilalba, Galerías Enlo Lugo, jmnn@gruponunez.es

3.° Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" de forma gratuita.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el pocedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Lugo, 10 de enero de 2014.- El Secretario judicial.

Informes
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