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Concurso de acreedores terminado Valbuena Roset Sl

El 05-10-2015, Valbuena Roset Sl, en VILADECANS (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B61243945. La actividad (principal) de Valbuena Roset Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Valbuena Roset Sl
Localidad:
VILADECANS
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B61243945
Número de insolvencia:
B61243945
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ROUREDA 11
08840 VILADECANS
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ANGEL ARAÑO 19
08840 VILADECANS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-05-2017
A170034333
 
  • Conclusión del concurso
 

Margarita Martina Castells, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona,

Hago saber: Que en el concurso abreviado 934/2015 - Sección quinta: convenio y liquidación 834/2015 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Valbuena Roset, S.L., con NIF B-61243945, con domicilio en la Avda. Roureda, n.º 11, de Viladecans (Barcelona).

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Barcelona, 2 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

24-10-2015
A150045327
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 834/2015 en el que se ha dictado con fecha 5/10/2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad Valbuena Roset, S.L. con CIF B-61243945 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 - 47-1- 2015 - 8008119.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Valbuena Roset, S.L. con domicilio en Avda. Roureda, n.º 11, Viladecans (Barcelona).

Administrador concursal: D.Enrique Miro Ros con domicilio en Trav. de les Corts, 78-80, 2.º 1.ª, 08028 Barcelona, Teléfono y Fax 934484707 con correo electrónico enricmiroros@gmail.com

Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 8 de octubre de 2015.- El Secretario judicial.

Informes
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