Edicto.
Don Joan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente
Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 760/2013 de concurso de la mercantil Llaza, S.A., se ha dictado, Auto en fecha 20 de noviembre de 2013, modificando el Auto de fecha cinco de noviembre de dos mil trece habiendo caído la resolución cuya parte dispositiva es la que sigue:
Se modifica el auto de fecha cinco de noviembre de dos mil trece, y se declara, respecto de la mercantil en concurso, Llaza, S.A., la apertura de la fase común de tramitación del concurso
Se mantiene el régimen de intervención de facultades de acordado en el Auto de referencia.
El deudor, a través de sus órganos de administración, deberá comparecer ante este Juzgado y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido así como colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso
Se autoriza a la administración concursal para que pueda acceder a las instalaciones de las sociedades concursadas, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos o información considere necesaria para el ejercicio de las funciones propias de su cargo, así como para la elaboración de los correspondientes informes. A estos efectos, se requiere a la sociedad deudora para que en el plazo de diez días entregue a la administración concursal un archivo que incluya el libro diario de contabilidad de los tres últimos ejercicios.
La administración concursal deberá dar cuenta a este Juzgado de forma inmediata de cualquier falta de colaboración de las concursadas, acreditando haber realizado los correspondientes requerimientos fehacientes e instando el cambio de circunstancias, en su caso, sin perjuicio de lo que sea procedente valorar en sede de calificación concursal. Asimismo, deberá dar cuenta de forma inmediata de cualquier retraso de la concursada en la realización de la publicidad edictal y registral de la declaración de concurso.
El inventario de bienes deberá presentarse por la administración concursal en el plazo de 15 días desde la aceptación del cargo.
Presentación del Informe por la Administración Concursal.- La administración concursal cuenta con el plazo de un mes desde la aceptación para la presentación del informe provisional.
Dése traslado a las partes personadas por plazo de tres días de las propuestas de adquisición presentadas hasta esta fecha.
Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197.2 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin perjuicio de lo cual será ejecutivo.
De acuerdo con la DA 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin el cual no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto. La consignación deberá acreditarse en el momento de la interposición del recurso.
Están exentos de constituir el depósito los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de los mismos
Así lo dispone y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número uno de Tarragona. Doy fe.
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en
Tarragona, 3 de diciembre de 2013.- Secretario Judicial.