Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 824/2013 en el que figura como concursado/a Manufacturas Alfe, S.A., CIF A48007876, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 8 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.-Que en el procedimiento número 824/2013, NIG 48.04.2-13/023639, por auto de 16/10/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Manufacturas Alfe, S.A., con NIF A48007876, con domicilio en calle Pol Bidosola, parcela 2B n.º2, Artea-Bizkaia.
2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.-Que la administración concursal está integrada por Entidad Caima concursal, S.L., cuyo representante es D. Ignacio Cabia Agustín con DNI:14597747-S.
Domicilio postal:Calle/Alameda Mazarredo 7, ppal. izqda. 48001 de Bilbao.
Dirección electrónica:concursal@mazarredoauditores.com
4º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la adminsitración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Bilbao (Bizkaia), 17 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.