Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 732/2013 en el que se ha dictado con fecha 7/10/13 auto declarando en estado de concurso a la entidad Horticultura Maynou, S.L., con CIF B-60981370 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8004979.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso
Concursada: Horticultura Maynou, S.L., con domicilio en calle Girona, 23, de Cabrera.
Administrador concursal: Don Mario Palomar Sarabia, con domicilio en Balmes, 186, 4.º, 1.ª de Barcelona con correo electrónico concursohorticulturamay nou@mmabogados.org
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones. Se acompañará copia en forma electrónica encaso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 9 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial, Fdo.: José María Valls Soriano.