D. Mariano RodrÃguez Trotonda, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia:
1.º Que con fecha 6 de mayo de 2017 fue publicada en el BOE número 108 la conclusión del procedimiento Concurso Abreviado 401/2013 relativo al concursado ANTARES GESTIONES INFORMÃTICAS, S.L., con CIF B81939712, acordado en auto de fecha 03/05/2017 dictado por SSª D. Jorge Montull Urquijo.
2.º Que se ha advertido un error en el número de procedimiento que figura en el edicto siendo el correcto 401/2013 en lugar de 126/2011.
3.º Que mediante el presente edicto se procede a la correción apreciada, entendiéndose que el edicto de conclusión viene referido a los autos 401/2013.
Madrid, 29 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
Don Mariano RodrÃguez Trotonda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid.
Anuncia
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 126/2011 relativo al concursado ANTARES GESTIONES INFORMÃTICAS, S.L. con CIF B81939712, por Auto de fecha 3 de mayo de 2017 dictado por SSª D. Jorge Montull Urquijo, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurÃdica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 3 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 401/13 se ha dictado auto por el Juez don Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 12 de septiembre de 2013 declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Antares Gestiones Informáticas, S.L., con CIF B-81939712, con N.I.G. 28079100057392013.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.
La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal doña Carmen de Urmeneta Rada, en calle Ayala, 4, 7.º dcha, 28001 Madrid, con correo electrónico: carmen.ur meneta@integra-ac.com
No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.
4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.
5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.).
Madrid, 16 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.