Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Promovican Sl

El 29-07-2013, Promovican Sl, en CARRIZAL (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35533868. La actividad (principal) de Promovican Sl es construcción de edificios.
Se ha presentado la propuesta de convenio.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promovican Sl
Localidad:
CARRIZAL
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B35533868
Número de insolvencia:
B35533868
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CAMILO JOSE CELA, 1 - 3 0
35240 CARRIZAL
Mostrar en tarjeta
-
CL :
REPUBLICA ARGENTINA 48
35250 INGENIO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-04-2017
A170025184
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

EDICTO

D./Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por la presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000239/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de PROMOVICAN, S.L. y CIF nº B35533868, se ha dictado Sentencia en esta misma fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

APRUEBO la Propuesta de convenio de PROMOVICAN, S.L., presentada en las presentes actuaciones, que queda unida a esta resolución formando parte integrante de la misma.

Dése a esta resolución la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Los administradores concursales cesan en virtud de esta resolución y rendirán cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de un mes desde la notificación de esta resolución.

Con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la sentencia aprobatoria del convenio, el deudor informará al juez del concurso acerca de su cumplimiento.

Fórmese la sección de calificación del concurso, que deberá encabezarse con testimonio de la presente resolución, incorporándose asimismo testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal (art. 167.1 LC).

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la presente resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes al de expiración de los plazos para personación de los interesados, la administración concursal presentará al juez un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC).

Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2017.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

13-01-2014
A140000020
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Dña. Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se Hace Saber que en el procedimiento concursal número 239/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de Promovican, S.L., con CIF B-35533868, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 2 de enero de 2014.- Secretaria Judicial.

21-09-2013
A130050705
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Se hace saber: Que en el procedimiento concursal 239/2013, seguido a instancias del Procurador don Vicente Gutiérrez Álamo, en nombre y representación de Promovican, S.L., se ha dictado Auto el día 29/07/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso Promovican, S.L., con CIF n.º: B-35533868, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Pablo Mariño Vila, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Luis Doreste Silva, n.º 18-B, 3.º izquierda, de esta ciudad, teléfono 928-37-07-78 y fax 928-38-06-78, así como Dirección electrónica: pmarinovila@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que la entidad deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervenciónn de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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