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Concurso de acreedores Materiales De Construccion Josfer Sl

El 31-07-2013, Materiales De Construccion Josfer Sl, en ALLER (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B74098880. La actividad (principal) de Materiales De Construccion Josfer Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Materiales De Construccion Josfer Sl
Localidad:
ALLER
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B74098880
Número de insolvencia:
B74098880
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE LA CONSTITUCION (MOREDA) (CABANAQUINTA) 0
33670 ALLER
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-08-2014
A140040798
 

Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 108/13 (N.I.G.: 33044 47 1 2013 0000160), relativo al deudor Materiales de Construccion Josfer, S.L., con CIF n.º B-74098880, en el cual con fecha 22 de julio de 2014, se ha dictado Providencia anunciando la presentación por parte de la Administración concursal de los textos definitivos. Se acuerda igualmente en dicha resolución que se anuncie su presentación por medio de edicto a publicar en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado, y que las discrepancias con el contenido de los textos definitivos respecto a la inclusión de créditos posteriores (art. 96 bis de la Ley Concursal) o modificación o sustitución del acreedor inicial en la lista de acreedores (art.87.8) se tramitarán por los cauces del incidente concursal previsto en el art. 96 bis 3 de la Ley Concursal.

El plazo para impugnar respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto.

Oviedo, 22 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

12-07-2014
A140036434
 
  • Apertura de la sección seis
 

Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo.

Hago saber: Que en este Juzgado se Tramita procedimiento concursal número 108/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000160) relativo al deudor Materiales de Construcción Josfer, S.L., con CIF n.º B-74098880, en el cual, con fecha 23 de junio de 2014, se dictó Auto acordando formar la sección sexta, estableciendo que desde la última publicación del referido auto, el cual se ordena publicar mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse y ser parte en la mencionada sección sexta.

Oviedo, 23 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

02-01-2014
A130071265
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal n.º 108/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000160) relativo al deudor Materiales de Construcción Josfer, S.L., con CIF n.º B-74098880, en el cual, con fecha 2 de Diciembre de 2013 se ha dictado Providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal, así como del anexo complementario del citado informe presentado asimismo por la Administración Concursal.

Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. A efectos de impugnación del inventario de bienes y derechos, en caso de existir discrepancias entre el presentado al amparo del artículo 191.1 de la LC y el que eventualmente pueda acompañarse con el conjunto del informe provisional, se informa que el inventario susceptible de impugnación será el que forma parte del informe. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto que se ha acordado realizar en el BOE, y en el Tablón de Anuncios del Juzgado.

Oviedo, 2 de diciembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

29-08-2013
A130048686
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 108/13 (NIG 33044 47 1 2013 0000160), se ha dictado en fecha 31/07/2013 Auto Declarando en Concurso Voluntario Abreviado al deudor "Materiales de Construcción Josfer, S.L.", (CIF: B-74098880), con domicilio sito en Avenida de la Constitución, 66-68, Moreda, Aller.

2.º Se ha nombrado como Administrador Concursal a don José Luis Quirós Suárez, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la administración concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Torrecerredo n.º 3, 2.º B, Oviedo y la siguiente dirección electrónica: aseyco@telecable.es, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la administración concursal es: En el mes de agosto de 08:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes y a partir de septiembre de 16:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el "BOE", y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 2 de agosto de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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