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Concurso de acreedores La Seda De Barcelona Sa

El 04-07-2013, La Seda De Barcelona Sa, en EL PRAT DE LLOBREGAT (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es A08010571. La actividad (principal) de La Seda De Barcelona Sa es industria química.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Fecha
Título
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
La Seda De Barcelona Sa
Localidad:
EL PRAT DE LLOBREGAT
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A08010571
Número de insolvencia:
A08010571
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
REMOLAR 2
08820 EL PRAT DE LLOBREGAT
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-08-2013
A130046494
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2013-8003299 y número 428/2013-G, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 4 de julio de 2013 de La Seda de Barcelona, S.A. con C.I.F. A08010571, con domicilio social en Avenida Remolar, número 2, el Prat de Llobregat (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento ordinario.

El administrador concursal es Forest Partners, Estrada y Asociados, S.L.P., con domicilio en calle Rambla de Cataluña, número 60, 08007 - Barcelona, y correo electrónico lsb@forestconcursal.es

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal, los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en calle Rambla de Cataluña, n.° 60, 08007 - Barcelona, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 22 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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