Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Ofigal Sl

El 09-07-2013, Ofigal Sl, en MOS (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36109429. La actividad (principal) de Ofigal Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ofigal Sl
Localidad:
MOS
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36109429
Número de insolvencia:
B36109429
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
REBULLON 50
36416 MOS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-07-2014
A140036441
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º Que los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 186/2013-D, y NIG n.º 36038 47 1 2013 0000281, se ha dictado en fecha 26.06.14 Auto de Conclusión del deudor OFIGAL, S.L., cuya parte dispositiva dice:

"1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de OFIGAL, S.L., con CIF B-36.109.429, con domicilio en Rebullón, 50, Puxeiros, Mos, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad OFIGAL, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme."

Pontevedra, 26 de junio de 2014.- Secretario Judicial.

01-08-2013
A130045014
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 186/2013-D y NIG número 36038 47 1 2013 0000281 se ha dictado en fecha 01.07.13 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Ofigal, S.L., con CIF B-36.109.429, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. O Rebullón, 50, Puxeiros, Mos (Pontevedra).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administrado concursal a Marcos Preciado Vázquez, con domicilio en calle Urzaiz, 5, 2.º B, 36201 Vigo y dirección electrónica señalada mpreciado@icavigo.org para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.

Pontevedra, 9 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

Informes
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