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Concurso de acreedores Tejas Arabes Sa

El 10-07-2013, Tejas Arabes Sa, en PANTOJA (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es A45521697. La actividad (principal) de Tejas Arabes Sa es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tejas Arabes Sa
Localidad:
PANTOJA
Provincia:
Toledo
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A45521697
Número de insolvencia:
A45521697
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VEREDA DEL PRADO 0
45290 PANTOJA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-07-2013
A130043186
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don Alfonso José Moreno Moreno, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia en Instrucción número 1 de Toledo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 241/2013 y NIG: n.º 45168 41 1 0010625 2013, se ha dictado en fecha 8 de julio del 2013, auto declaración de concurso del deudor Tejas Árabes, S.A., con CIF A- 45521697, cuyo domicilio social es en calle Vereda del Prado s/n C.P. 45290 Pantoja.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la concursada. Se ha designado, como administración concursal a don Luis Gómez de las Heras Martín Maestro y como auxiliar delegada a doña Inés Cañizares Pacheco, con domicilio postal en calle Duque de Lerma, 5, 1.º puerta 2, 45004 Toledo y dirección electrónica señalada luisgherasconcursal241@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º No siendo válidas las comunicaciones de crédito aportadas a este Juzgado.

Toledo, 8 de julio de 2013.- El/La Secretario Judicial.

10-07-2013
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:1.- Declarar en concurso a TEJAS ARABES S.A., A-4552197, toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia actual.2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al/la Procuradora Sra. DIAZ FIEIRAS con quien se entenderán las sucesivas diligencias y actuaciones.3.- Considerar el concurso con el carácter de voluntario.4.- Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursa que se designará al efecto, mediante su autorización o conformidad.5.- La administración concursa, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la CC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por:- Al abogado LUIS GÓMEZ DE LAS HERAS MARTÍN MAESTRO y a la Auxiliar Delegada Inés Cañizares Pacheco.6.- Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación ( artículo 29 de la CC ), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 28 de la CC.Hágase saber a la administración concursa que, de conformidad con el artículo 74 de la CC, el plazo para presentar el informe es de dos meses, contados a partir de la fecha en que se produzca la aceptación de dos de ellos.De conformidad con el artículo 95, la administración concursa, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores sobre los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.7.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5°, 84 y 85 de la CC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de 1 MES, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursa la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos regístrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.8.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada, en los términos previstos en el artículo 21.4 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedeselectrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte.electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte.9.- Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de anuncios de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín se realizará de forma telemática por este órgano.10.- Dar conocimiento de la presente resolución al registro público establecido en el artículo 198 de la LC, en la forma establecida reglamentariamente.11.- Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos regístrales previstos, en concreto, Registro Mercantil de Toledo, y de la Propiedad Número 3 de Illescas, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza.El concursado tiene bienes y derechos inscritos en registros públicos, en concreto, en el registro de la Propiedad Número Tres de Illescas fincas números 279, 600, 970, 1082, 1520, 2542, 2566, 2678, 2694, 2710, 2950, 3934, 4554.12.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley concursa, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.13.- Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.14.- Comunicar la declaración de concurso al Juez Decano de Illescas y Toledo, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia y al Delegado del Decano en los Juzgados de lo Social de esta localidad415.- Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cumplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial haber presentado los despachos en el plazo de cinco días.16.- Abrir la fase segunda, tercera y convenientes; cada del Auto.común de tramitación del concurso y formar las Secciones cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o una de estas secciones, se encabezará por el testimonio17.- El presente auto producirá sus efectos de inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución.MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal sin efectos suspensivos.Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el 4316 0000 52 0241 13, en la cuenta de este expediente indicando, en el campo "concepto" la indicación "Recurso" seguida del código "00 Civil. Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición"En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberáverificar un ingreso por cada concepto, incluso si recursos de la misma o distinta clase indicando, en este observaciones la fecha de la resolución recurrida DD/MM/AAAA.Así lo acuerda y firma SS'. Doy fe.EL/LA JUEZ/MAGISTRADOEL/LA SECRETARIO/A JUDICIALobedecen a otros caso, en el campo con el formatoEn cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.4 y 5 de la LC, ese Registro debe proceder a la anotación preventiva de las circunstancias previstas en los apartados 1 y 2 del ara° 24 de la LC, dado que el auto de declaración de concurso no es firme.Una vez firme el auto de nuevo mandamiento para preventiva en inscripción.declaración de concurso se librará la conversión de la anotaciónSe interesa de ese Registro remita - en caso de existir bienes del deudor inscritos en registros de bienes a tenor del auto que se inserta-, las certificaciones procedentes a los Registros correspondientes, ello, a los efectos previstos en el ara° 323.4 del Reglamento del Registro Mercantil.Se pone en su conocimiento que los administradores concursales no han aceptado todavía sus cargos, y una vez se produzca este hecho, se pondrá en conocimiento de ese Registro a los efectos oportunos de anotación definitiva.Y para que tenga lugar lo acordado, se libra el presente por duplicado, interesando la devolución de un ejemplar debidamente cumplimentado o, en su caso, indique los motivos para no verificarlo.Dado en TOLEDO, a ocho de Julio de dos mil trece.EL/LA SECRET IOTA JUDICIAL,MANDAMIENTODoñaCONCEPCIÓN ÁLVAREZ GARCÍA SECRETARIO JUDICIAL DEJDO.1A.INST.EINSTRUCCION N.o, AL SR/A REGISTRADOR/A DE MERCANTIL DE TOLEDOHAGO SABER:1.- Que en este órgano judicial se tramita procedimiento concursal no SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000241 /2013 instado por el/la Procurador/a Sr/a. DIAZ FIERAS , en nombre y representación de TEJAS ARABES S.A.2.- En dicho procedimiento con fecha 10 DE JULIO DEL 2013 se libró mandamiento a ese Registro para que, en cumplimiento de lo dispuesto en el ara° 24.4 y 5 al que se remite el artículo 190.2,132 y 144 de la LC se procediera a la anotación preventiva.3.- En el mandamiento se anunciaba que una vez firme se libraría un nuevo mandamiento para la CONVERSION de la anotación en inscripción.4.- Dicho Auto ha quedado firme.5.- Las circunstancias personales del Administración Concursa; sonLUIS GOMEZ DE LAS HERAS MARTIN MAESTRO, con D.N.I. número 3.743.700 J, mayor de edad, estado civil CASADO EN RÉGIMEN DE GANANCIALES CON DOÑA MARIA DEL CARMEN MIÑANO NAVARRO, con domicilio profesional en C/ DUQUE DE LERMA 5 lo PUERTA 2 45004 TOLEDO.Habiendo aceptado el cargado el día 17 de julio del 2013.Y de la Auxiliar delegada; que acepto el cargo el día diecisiete de Julio de dos mil trece.INÉS CAÑIZARES PACHECO, de profesión economistamayor de edad, conDNI/NIF número4.585.555 E , estado civil divorciada,con domicilioprofesional Plaza de Grecia Número 1 Portal 1 local 1-B 45005 Toledo. Y para que tenga lugar lo acordado se libra el presente por duplicado, interesando la devolución de uno de los ejemplares cumplimentado, o en su caso, indicando los motivos para dejar de verificarlo. Dado en Toledo, a dieciseis de septiembre de dos mil trece.
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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