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Concurso de acreedores Atee Suministros Y Herrajes Sociedad Limitada.

El 15-07-2013, Atee Suministros Y Herrajes Sociedad Limitada., en MIERES DEL CAMIN (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B74276379. La actividad (principal) de Atee Suministros Y Herrajes Sociedad Limitada. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Atee Suministros Y Herrajes Sociedad Limitada.
Localidad:
MIERES DEL CAMIN
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B74276379
Número de insolvencia:
B74276379
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL GONZALIN 15
33600 MIERES DEL CAMIN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-08-2014
A140041893
 
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña Mª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 163/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000269) relativo al deudor ATEE Suministros y Herrajes, S.L. con C.I.F. nº B74276379, en el cual, con fecha 30 de julio de 2014, se dictó Auto acordando formar la sección sexta, estableciendo que desde la última publicación del referido auto, el cual se ordena publicar mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse y ser parte en la mencionada sección sexta.

Oviedo, 30 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

17-06-2014
A140032180
 

Edicto

Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 163/13 (N.I.G.: 33044 47 1 2013 0000269), relativo al deudor ATEE Suministros y Herrajes, S.L., con C.I.F. n.º B-74276379, en el cual con fecha 5 de junio de 2014, se ha dictado Providencia anunciando la presentación por parte de la Administración Concursal, de los textos definitivos. Se acuerda igualmente en dicha resolución que se anuncie su presentación por medio de edicto a publicar en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado, y que las discrepancias con el contenido de los textos definitivos respecto a la inclusión de créditos posteriores (art. 96 bis de la Ley Concursal) o modificación o sustitución del acreedor inicial en la lista de acreedores (art. 87.8) se tramitarán por los cauces del incidente concursal previsto en el art. 96 bis 3 de la Ley Concursal.

El plazo para impugnar respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto.

Oviedo, 5 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

27-11-2013
A130064893
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal n.º 163/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000269) relativo al deudor ATEE Suministros y Herrajes, S.L., con C.I.F. n.º B74276379, en el cual, con fecha 8 de octubre de 2013, se ha dictado Providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. A efectos de impugnación del inventario de bienes y derechos, en caso de existir discrepancias entre el presentado al amparo del artículo 191.1 de la LC y el que eventualmente pueda acompañarse con el conjunto del informe provisional, se informa que el inventario susceptible de impugnación será el que forma parte del informe. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto que se ha acordado realizar en el B.O.E., y en el tablón de anuncios del Juzgado.

Oviedo, 8 de octubre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

24-07-2013
A130043187
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 163/13 (NIG 33044 47 1 2013 0000269), se ha dictado en fecha 15 de julio de 2013 Auto declarando en Concurso Voluntario Abreviado al deudor "ATEE Suministros y Herrajes, S.L.", con CIF B74276379, y domicilio en polígono industrial de Gonzalín, 15, de Mieres, Asturias.

2.º Se ha nombrado como Administrador concursal al abogado don Miguel Gómez Gordillo, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio postal: Matemático Pedrayes, 22, 4.º C, 33005 Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: concursoatee@gomezgordillo.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración concursal es: de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal designada mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 15 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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