Edicto
Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario/a judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Lugo,
Anuncia: Que en la Sección I, Declaración Concurso 0000230/2013, referente al concursado Pescavillalba, S.L., por Decreto de fecha 30 de mayo, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la entidad mercantil Pescavillaba, S.L., B27203660, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Lugo, 30 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.
Edicto
Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Lugo, anuncia:
1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000230/2013, referente al deudor Pescavillalba, S.L., B 27203660, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 d el Ley Concursal).
Lugo, 7 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Edicto
Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario del Juzgado de Primera Instancia 2 Mercantil de la provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 230/13, por auto de 23 de mayo se ha declarado en concurso necesario abreviado al deudor Pescavillalba, S.L., B27203660, con domicilio en LG de Cernadas, Santacristina, 27, Cospeito y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Cospeito.
2.°-Que el deudor ha sido suspendido en sus facultades de administración. Han sido designado administrador don Mauro Antonio Puga Martinez, Reina 1, 8.°, asesoriamauropuga@mauropuga.e.telefonica.net
3.°-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita.
4.°-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Lugo, 23 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.