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Concurso de acreedores Liderdesign Sl

El 01-01-0001, Liderdesign Sl, en CALPE (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado MARTINEZ SERRANO JOSE LUIS. El número de insolvencia de esta empresa es B63764609. La actividad (principal) de Liderdesign Sl es actividades inmobiliarias.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Liderdesign Sl
Localidad:
CALPE
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B63764609
Número de insolvencia:
B63764609
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
GENERALITAT VALENCIANA 1
03710 CALPE
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-06-2019
A190035271
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Admon justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Alicante, por el presente

Hago Saber:

Que en el procedimiento Concurso Ordinario (CNO)-000916/2012-K sobre declaración de consurso de la mercantil Liderdesign, S.L., con domicilio en avenida de la Generalitat Valenciana-Partida Gargasindi nº 1 Calpe-Alicante y C.I.F. número B63764609, se ha dictado auto de fecha 21 de mayo de 2019, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.- Aprobar la rendición de cuentas de la Administración concursal.

5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

El cómputo de los plazos que se contengan en esta resolución y/o los plazos para la interposición de los recursos contra la misma en caso de no se firme, se iniciarán para las partes personadas en el procedimiento desde su notificación por lexnet y para los no personados desde su publicación en el RPC.

Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno.

Se expide el presente en

Alicante, 21 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

08-11-2014
A140055141
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en el Procedimiento Concurso Ordinario - 000916/2012-K sobre declaración de concurso de la mercantil Liderdesign, S.L., con domicilio en Avda. de la Generalitat Valenciana, Partida Gargasindi n.º 1, Calpe (Alicante) y CIF número B63764609, se ha dictado Auto de fecha 16-10-14,cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se suspende la Junta que constaba señalada para el día 23 de octubre de 2014, a las 10:00 horas.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

6.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Líbrese oficio al BOE gratuito y al Registro Público Concursal.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 16 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

03-05-2014
A140020155
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente,

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario - 000916/2012 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Liderdesign SL, con domicilio en Av. de la Generalitat Valenciana, Partida Gargasindi, n.º 1, Calpe (Alicante), y C.I.F. número B63764609, se ha dictado Auto de fecha 07-04-14, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1. Se declara la terminación de la fase común del concurso.

2. Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3.. Se convoca la Junta de Acreedores.

4.. Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la Secretaria Judicial que la Junta de Acreedores se celebrará el próximo 23 de octubre de 2014, a las 10:00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9 sita en la 1.ª planta), publicándose Edictos en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE, éste último de forma urgente y gratuita, debiendo aportar poder suficiente para la asistencia y voto en la citada Junta.

5. No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, éste y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio desde la convocatoria de la Junta hasta 40 días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que, en caso de no presentarse dentro del plazo legal propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 LC).

Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 98 LC, como consecuencia de nuevo párrafo introducido por el RD Leg. 3/2009: "Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.3.LC".

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente en

Alicante, 16 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

14-09-2013
A130050004
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000916/2012 - K, sobre declaración de concurso de la mercantil Liderdesign, SL, con C.I.F. número B63764609, se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 2-9-13, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos:

Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto

Y para que sirva de publicación en el "BOE", expido el presente en

Alicante, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

20-06-2013
A130036711
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado -000916/2012 - K en los que se ha dictado, con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso voluntario a Liderdesign, S.L., con domicilio en Avda. de la Generalitat Valenciana, Partida Gargasindi, n.º 1, Calpe (Alicante), CIF número B63764609, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante.

Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el BOE.

Identidad de la Admón. Concursal: José Luis Martínez Serrano, en su cualidad de economista, con DNI n.º 21.422.701-H, y domicilio en Avenida Pintor Fernando Soria, 12, esc. 6, 3.º B-izq., fax 965125549, teléfono 965266126 y dirección de correo electrónico jl.martinez.se@economistas.org.

Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 3 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Síndico / administrador
Síndico:
MARTINEZ SERRANO JOSE LUIS
Dirección física:
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