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Concurso de acreedores Creaciones Viguier Sl

El 02-04-2013, Creaciones Viguier Sl, en AIELO DE MALFERIT (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B96632187. La actividad (principal) de Creaciones Viguier Sl es industria textil.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Creaciones Viguier Sl
Localidad:
AIELO DE MALFERIT
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B96632187
Número de insolvencia:
B96632187
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MAJOR 16
46812 AIELO DE MALFERIT
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-06-2013
A130034161
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n.º 000192/2013, habiéndose dictado en fecha dos de abril de dos mil trece por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Creaciones Viguier, S.L., con domicilio en calle Mayor, n.º 16, Aielo de Malferit (Valencia) y CIF n.º B96632187, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 5765, Folio 68, Hoja V-53786.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a D. Vicente Casanova y Asociados, S.L.P., con domicilio en la calle Ciscar, n.º 7, 2.ª, Valencia, y correo electrónico "vcasanova@vicentecasanova.es".

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior conocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 2 de abril de 2013.- Secretario judicial.

Informes
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