Edicto
D.ª Isabel Marín Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 103/2013, por auto de fecha 22 de diciembre de 2015, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por insuficiencia de masa activa para el pago de los créditos contra la masa del concurso, del concursado Hiescosa Henares, S.L., con CIF B-19219435.
Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado, disponiendo así mismo la extinción de la sociedad concursada y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.
Así mismo se ha aprobado la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal.
Guadalajara, 22 de diciembre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
Doña M.ª Emma López Portillo, Secretario/a judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Guadalajara, anuncia:
Que en el concurso 103/2013, referente al concursado HIESCOSA HENARES, S.L. con CIF B-19219435, por auto de fecha 4 de marzo de 2014, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la Administración concursal, publicándose mediante anuncio en el BOE.
2. Se ha declarado disuelta al Sociedad HIESCOSA HENARES, S.L., acordándose la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, cesando en su función los administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.
3. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Guadalajara, 4 de marzo de 2014.- El/la secretario/a judicial.
Edicto.
Doña María Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000103/2013, referente al deudor Hiescosa Henares, S.L.,, CIF n.º B-19219435, con domicilio en calle Francisco Medina y Mendoza, s/n., parcela 16-B, Polígono Industrial Cantos Blancos, Cabanillas del Campo (Guadalajara), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Guadalajara, 17 de julio de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
Edicto
Doña Eva Soriano Alonso, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000103/2013 se ha dictado en fecha 3 de mayo de 2013, auto de Declaración de Concurso del deudor Hiescosa Henares, S.L., con COF N.º B-19219435, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cabanillas del Campo (Guadalajara), C/ Francisco Medina y Mendoza, s/n, parcela 16-B, Polígono Industrial Cantos Blancos.
2.º Se ha acordado que el deudor mantiene las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, si bien quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a D.ª Magdalena Torres Montejano, con domicilio postal en Guadalajara, C/ Toledo, n.º 14, 2.º Dcha., y dirección electrónica señalada magdalenatmabogada@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Guadalajara, 6 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.