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Concurso de acreedores terminado Transcenia Sa

El 22-04-2013, Transcenia Sa, en LA SENIA (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es A43047547. La actividad (principal) de Transcenia Sa es transporte terrestre y por tubería.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Transcenia Sa
Localidad:
LA SENIA
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A43047547
Número de insolvencia:
A43047547
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
BARCELONA 42
43560 LA SENIA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-03-2015
A150009094
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente hace saber:

Que en los autos de Concurso de la mercantil TRANSCENIA, S.A. (CIF A43047547), seguidos en este Juzgado con el n.º 200/2013-3, se ha dictado en fecha 4-3-15 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de TRANSCENIA, S.A., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el nº. 200/13-3 a instancias de TRANSCENIA, S.A., y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.

Se declara la extinción de la mercantil TRANSCENIA, S.A. (CIF A43047547) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Se comunica al Registrador Mercantil que deberá proceder a la cancelación del concurso en el Registro Mercantil Central y en los Registros de la Propiedad en los cuales consten inscritos bienes inmuebles propiedad de la concursada, así como en cualesquiera otros Registros públicos en los que la concursada tenga anotados bienes de su propiedad, en cumplimiento del Artículo 323 del Reglamento del Registro Mercantil.

Igualmente líbrese mandamiento al Registro Público concursal.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Amposta.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente

Tarragona, 4 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

03-06-2013
A130031802
 

Don Joan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente,

Hago saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 200/2013-3 se ha dictado en fecha 21-5-13 resolución acordando la rectificación del BOE de fecha 13-5-13 que publica la declaración del concurso voluntario de Transcenia, SA, con CIF A43047547 y donde dice "e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al administrador concursal D. José Antonio Belmonte Lucena con domicilio en C/ Barcelona, 11, bajos, 43004 de Barcelona" debe decir "e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador concursal D. José Antonio Belmonte Lucena con domicilio en c/ Barcelona, 11, bajos, 43004 de Tarragona".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 21 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.

13-05-2013
A130024467
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 200/2013-3 se ha dictado en fecha 22-4-13 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Transcenia, S.A., con CIF A43047547 y domicilio social en C/ Barcelona, 42, 43560, de La Sénia, representada por la Procuradora María Josep Margalef Valldepérez y defendida por la Letrada Laura Jovani Mesa, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado, siendo sustituido por la Administración Concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal D. José Antonio Belmonte Lucena con domicilio en C/ Barcelona, 11, bajos, 43004 de Barcelona, y email "belmonteadministradorconcursal@icatarragona.com" la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente

Tarragona, 2 de mayo de 2013.- El Secretario judicial.

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