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Concurso de acreedores Absis Pirinea Sl

El 08-10-2012, Absis Pirinea Sl, en CASTELLVI DE LA MARCA (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B64586761. La actividad (principal) de Absis Pirinea Sl es actividades inmobiliarias.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Absis Pirinea Sl
Localidad:
CASTELLVI DE LA MARCA
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B64586761
Número de insolvencia:
B64586761
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
PENEDES 18
08732 CASTELLVI DE LA MARCA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-11-2012
A120077780
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 640/2012-BR en el que se ha dictado con fecha 8/10/2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Absis Pirinea, S.L., con CIF B-64586761 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2012 – 8002040.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Absis Pirinea, S.L., con domicilio en Av. Penedès, n.° 18, 08732, La Múnia de Castellví de la Marca, Barcelona.

Administrador concursal: Doña Vanessa Casas du Bar, con domicilio en C. Marques de Sentmenat, n.° 60-62, 5.° 3.ª, 08029, Barcelona, con correo electrónico dubar@yahoo.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 8 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

Informes
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