Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Ala Ingenieria Y Obras Sl

El 03-07-2012, Ala Ingenieria Y Obras Sl, en MECO (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B85294536. La actividad (principal) de Ala Ingenieria Y Obras Sl es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p..
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ala Ingenieria Y Obras Sl
Localidad:
MECO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B85294536
Número de insolvencia:
B85294536
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
DE LA ESTACION 0
28880 MECO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-02-2014
A140005694
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia:

En este Juzgado se ha dictado auto en fecha 27 de enero de 2014, en el procedimiento concursal seguido en este Juzgado bajo el n.º 382/12 de la mercantil ALA INGENIERÍA Y OBRAS, S.L., con CIF B85294536, en los que se ha acordado:

1. aprobar el plan de liquidación propuesto, sin más modificación que las siguientes:

a) en relación al punto IV (realización de los bienes), B.1 (régimen general de venta en subasta pública) a la página 32 y ss:

- limitar al 5% el importe neto de la comisión a recibir por la entidad especializada designada por la administración concursal (especialidad 9.ª);

- admitir la cesión de remate a un tercero si el mejor postor de la subasta fuera la entidad financiera titular de la garantía real (especialidad 10.ª); no admitiendo traslado nuevo alguno para mejoras de postura surgida de la subasta; sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 155.4 LC;

b) en relación con el punto IV (realización de los bienes), B.1 (régimen general de venta en subasta pública) a la página 34 y 35:

- atribuir al administrador concursal la facultad de decidir qué bienes se enajenan individualmente y cuáles por lotes pudiendo modificar su contenido en cualquier momento; manteniendo la facultad de no admitir posturas por bienes individuales incluidos en un lote;

- tratándose de bienes inmuebles sujetos a garantía real, los lotes deberán incluir todos o parte de los bienes afectos a créditos titularidad de la misma entidad financiera, evitando la inclusión en el lote afectos a distintos acreedores hipotecarios;

- el precio del lote vendrá determinado por la suma de los precios individuales de los bienes que los compongan, de tal modo que las mejores posturas por lotes sin identificar la oferta por cada bien, se distribuirán a prorrata del valor de los bienes a efectos de liquidación;

c) desestimar las demás alegaciones formuladas;

2. ordenar la cancelación de todas las cargas, gravámenes, trabas y garantías personales de naturaleza obligacional que puedan afectar a los bienes muebles e inmuebles sujetos a la presente liquidación y realizadas en virtud de créditos incluidos o excluidos en el presente proceso concursal; y ello bien directamente, librando para ello los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad - que se entregarán a la Administración concursal para su diligenciamiento -; bien indirectamente, mediante requerimiento a las autoridades que acordaron tales trabas o embargos para su inmediato alzamiento; declarando sólo subsistentes las cargas reales que se sujetarán a lo dispuesto en el art. 155 LC.

3. ordenar la formación de la sección 6.ª, de calificación, del concurso; ordenando su publicación en el modo señalado en los arts. 23 LC y art. 24 LC (-en su caso-); haciendo saber a los acreedores y personas que acrediten un interés legítimo que dentro de los diez días siguientes a su publicación en el BOE podrán personarse y ser parte en dicha sección alegando por escrito cuanto consideren relevante para la calificación del concurso como culpable.

Y para que sirva de publicidad en forma, expido el presente.

Madrid, 27 de enero de 2014.- Secretario Judicial.

25-06-2013
A130037410
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 382/2012 referente al concursado Ala Ingeniería y Obras, S.L. con CIF B-85294536 se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 24/10/13 a las 12.00 horas en la secretaría de este juzgado.

2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Madrid, 12 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

17-10-2012
A120069590
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 382/2012 referente al deudor a la Ingeniería y Obras, S.L., con CIF B-B-85294536, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3. Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales.

Madrid, 3 de octubre de 2012.- La Secretario Judicial.

19-07-2012
A120052412
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 382/2012, por auto de 3/7/12, se ha declarao en concurso al deudor Ala Ingeniería y Obras, S.A., con CIF B-85294536, con domicilio en calle Ferrocarril, n.º 35, Meco, Madrid.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal Dictum, S.L.P., que es el siguiente:

- calle Marqués de la Ensenada, n.º 14-16, planta 1.ª, oficina 17, cp 28004 Madrid. Telf: 913913399, Fax: 913084209.

- página web: www.webconcurso.es/ala html.

No siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado.

4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 3 de julio de 2012.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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