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Concurso de acreedores terminado Grupo Orvadesa Sl

El 20-04-2012, Grupo Orvadesa Sl, en ALAMEDA (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B29895786. La actividad (principal) de Grupo Orvadesa Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Grupo Orvadesa Sl
Localidad:
ALAMEDA
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B29895786
Número de insolvencia:
B29895786
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
ROSALEDA 0
29530 ALAMEDA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-03-2014
A140009892
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 173.13/2012, con NIG 2906742M20110001958, por AUTO de 11 febrero 2014 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores de la mercantil GRUPO ORVADESA, S.L., con CIF B-29895786. El referido auto dice literalmente lo siguiente:

Declarar concluido por falta de bienes el concurso de GRUPO ORVADESA, S.L.

Se acuerda la extinción de la sociedad concursada, debiéndose para ello emitir mandamiento de cancelación al registro público de inscripción con testimonio de la presente.

Procédase a requerir por quince días a la AC nombrada a los efectos de la rendición de cuentas del art. 181 de la LC.

La conclusión del concurso produce los efectos contenido en el art. 178 de la LC.

Notifíquese la presente en la forma establecida en el art. 177.3 de la LC.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Málaga, 27 de febrero de 2014.- Secretario judicial.

06-03-2014
A140008716
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 173.13/2012, con NIG 2906742M20110001958, por Auto de 11 febrero 2014 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores de la mercaantil GRUPO ORVADESA, S.L., con CIF B-29895786. El referido Auto dice expresamente lo siguiente:

"Declarar concluido por falta de bienes el concurso de GRUPO ORVADESA, S.L.

Se acuerda la extinción de la sociedad concursada, debiéndose para ello emitir mandamiento de cancelación al registro público de inscripción con testimonio de la presente.

Procédase a requerir por 15 días a la AC nombrada a los efectos de la rendición de cuentas del art. 181 de la LC.

La conclusión del concurso produce los efectos contenido en el art. 178 de la LC.

Notifíquese la presente en la forma establecida en el art. 177.3 de la LC.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno."

Málaga, 21 de febrero de 2014.- Secretario judicial.

10-05-2012
A120025612
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El JUZGADO DE LO MERCANTIL n.º 1 DE MÁLAGA en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 173/2012, (NIG 2906742M20110001958) por auto de fecha 29 febrero 2012 se ha declarado en concurso VOLUNTARIO al deudor GRUPO ORVADESA, S.L., con CIF B-29895786, domicilio en ALAMEDA, Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la integra

D. HUGO VAN REIGSBERG VERSLUYS RUIZ, provisto de DNI 256763785-N, Español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil CASADO, VECINO DE MÁLAGA, DOMICILIO y dirección postal DUQUESA DEPARCENT, n.º 10, SEGUNDO D, TFNO: 952219085. PROFESIÓN: LETRADO, y con dirección de correo electrónico hugo@varuabogados.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES, a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

5.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 20 de abril de 2012.- Secretario Judicial.

Informes
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