EDICTO
Don José Luis Gutierrez Martín, Letrado de la Adminstración de Justicia del Xdo. do Mercantil n.º 2 de Pontevedra, por el presente,
ANUNCIO
1.-Que en los autos de concurso Sección V Convenio 0000024/2012, con NIG 36038 47 1 2012 0000040, seguidos en este Tribunal a instancia de DISERVAN DOUS, S.L., con CIF. B36413961, se ha dictado en fecha 19 de junio de 2018, auto declarando íntegramente cumplido el convenio aprobado por Sentencia de este Juzgado de fecha 10 de diciembre de 2012.
2.-Así mismo hacer constar que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento.
Pontevedra, 18 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martin.
Edicto
D. José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Jdo. Mercantil N. 2 de Pontevedra, por el presente hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000024/2012 y NIG nº 36038 47 1 2012 0000040 se ha dictado en fecha 1 de marzo de 2012 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Diservan Dous, S.L., con B- 36412961, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 2723, del Libro 2723, folio 1, hoja 30428, sección 8 y domicilio social en Marcón, s/n, Parroquia de San Miguel de Marcón (Pontevedra).
2º.- Las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal.
Se ha designado, como administración concursal a Alejandra María Estévez Bouzas con nif. 44083566-H y despacho profesional en la calle General Martitegui, nº 2-A, 1º Dcha., 36001 de Pontevedra, teléfono: 986866401 y fax: 986868106, con correo electrónico: aestevezabogado@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Pontevedra, 7 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.