Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Persona física

El 10-02-2012, Persona física, en ARCHENA (Murcia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MURCIA. El número de insolvencia de esta empresa es 48447900X. La actividad (principal) de Persona física es transporte terrestre y por tubería.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
ARCHENA
Provincia:
Murcia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
48447900X
Número de insolvencia:
48447900X
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ALFONSO X EL SABIO 3
30600 ARCHENA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
25-02-2020
A200009928
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la sección quinta
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Anuncia

Que en el Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 0000241/2011, referente a los concursados José Hurtado Sánchez, con D.N.I. nº 22.453.141-N, Mª Dolores Garre Martínez, con D.N.I. nº 74.334.039-V, y Alberto Hurtado Garre, con D.N.I. nº 48.447.900-X, por auto de fecha 20 de febrero de 2020, se ha acordado lo siguiente:

"Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de José Hurtado Sánchez, María Dolores Garre Martínez y Alberto Hurtado Garre.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal.

Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, doy fe."

Murcia, 20 de febrero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

30-10-2013
A130058982
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña Ángela Quesada Martos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Anuncia: Que en este órgano judicial se tramita procedimiento concursal 241/11, a instancias de los deudores Alberto Hurtado Garre, con DNI número 48.447.900X, José Hurtado Sánchez, con DNI número 22.453.141N, y María Dolores Garre Martínez, con DNI número 74.334.039V; por auto de fecha 21 de octubre de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio y abrir la fase de liquidación.

2.- Suspender de las facultades de administración y disposición de los concursados sobre su patrimonio, y suspender el derecho a alimentos con cargo a la masa activa del concurso.

3.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página web: www.oficinajudicialmurcia.es.

Murcia, 21 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

04-04-2013
A130012818
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

Don Pedro Adan Ruiz-Erans Vivancos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número Sección Primera Declaración Concurso 0000241 /2011, referente al concursado Alberto Hurtado Garre, con DNI 48.447.900-X; José Hurtado Sánchez, DNI 2.453.141-N, y María Dolores Garre Martínez, DNI 74.334.039-V, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 21 de octubre de 2013, a las 10:00 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado.

2. Se someterá a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentada por la deudora.

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Murcia, 11 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

14-06-2012
A120042726
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración concurso 0000241/2011, referente al deudor Alberto Hurtado Garre, con DNI n.º 48447900X, José Hurtado Sánchez, con DNI n.º 22453141N y María Dolores Garre Martínez, con DNI n.º 74334039V se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo Primero del Título Cuarto de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

En Murcia, 4 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.

25-02-2012
A120008577
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N. 2 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 241/2011 se ha dictado a instancias de los deudores José Hurtado Sánchez, con DNI n.º 22.453.141-n, M.ª Dolores Garre Martínez, con DNI n.º 74.334.039-v, y Alberto Hurtado Garre, con DNI n.º 48.447.900-x en fecha 10 de febrero de 2012 auto de declaración de Concurso de dichos deudores, con domicilio en calle Alfonso X el Sabio, 9, Archena (Murcia).

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de los deudores quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad.

3º.- Ha sido designado Administrador Concursal don Lucas García Llamas, Titulado Mercantil, con despacho profesional en calle Corredera, 26-4ºA C.P.30.800 de Lorca Murcia y correo electrónico «lucasgl@augesco.es» teléfono 868929240.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a elección de los acreedores, al domicilio postal o dirección electrónica del Administrador Concursal que constan en el párrafo tercero de este edicto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio, correo electrónico y demás datos de identidad del acreedor, para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias y convenientes, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de Registro en la Ciudad de la Justicia.

6ª- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer y personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 13 de febrero de 2012.- La Secretaria.

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