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Concurso de acreedores Visobor Sl

El 23-01-2012, Visobor Sl, en ROCAFORT (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B46950937. La actividad (principal) de Visobor Sl es actividades inmobiliarias.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Visobor Sl
Localidad:
ROCAFORT
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B46950937
Número de insolvencia:
B46950937
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
AUSIAS MARCH 4
46111 ROCAFORT
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-02-2012
A120006453
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n.° 1235/2011, habiéndose dictado en fecha 23 de enero de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Visobor, S.L. con domicilio en Avenida Ausias March n.º 4, 46111 Rocafort (Valencia) y CIF n.° B46950937, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 3333, Folio 80, Hoja V-9029.

Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedaran sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrados concursal a D. /D.ª Raúl Martinez-Guinea Corbi con domicilio en la Avenida Gran Vía Marques del Turia N.° 49-4, Valencia y correo electrónico boltra@gomezacebo-pombo.com.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 23 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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