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Concurso de acreedores terminado Codexuno Coop.V.

El 28-09-2011, Codexuno Coop.V., en ALMAZORA (Castellón) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es F12010625. La actividad (principal) de Codexuno Coop.V. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Codexuno Coop.V.
Localidad:
ALMAZORA
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
F12010625
Número de insolvencia:
F12010625
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FERROCARRIL (P I MIJARES) (P I MIJARES PG) 0
12550 ALMAZORA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-11-2018
A180067501
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Jorge González Rodríuez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado número 272/2011, número de registro 12040-66-2-2011-0000334, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Necesario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Cooperativa Codexuno Coop V", domiciliado en Polígono Industrial Mijares, calle Ferrocarril, sin número, Almazora (Castellón) y número de identificación fiscal F12010625.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

"1.-Se declara la conclusión del presente concurso de Cooperativa Codexuno Coop V" seguido bajo el número Concurso Abreviado, número 272/2011-II, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.-Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la Administración Concursal así como el cese en su cargo del Administrador Concursal.

3.-En particular, acordar la extinción de la entidad Cooperativa Codexuno Coop V", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.-El presente auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia Ley Concursal (artículo 177.3 de la Ley concursal).

5.-A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la Ley concursal) a los registros públicos que correspondan.

6.-Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.-Notífiquese el presente auto a la Administración Concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso

Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de

Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la Ley concursal).

Magistrado Letrado de la Administración de Justicia."

Castellón, 27 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.

09-02-2012
A120006134
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por auto de fecha 28/09/11 en el Procedimiento n.º 272/11, se ha declarado en concurso necesario abreviado al deudor Codexuno, Coop. V con CIF F-12.010.625 con domicilio social en C/ San Jaime, n.º 70 12.550, Almazora, Castellón.

Segundo: Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.

Tercero: Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Quinze Dias a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Castellón, 15 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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