D. Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 1428/2011 Voluntario, de la deudora Concursada Urbartec, S.L., con CIF B-97415376, con domicilio en la avenida de La Feria, 14-2.ª, Albaida (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 26 de septiembre de 2012 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC).
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 26 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n.° 1428/2011, habiéndose dictado en fecha 19 de diciembre de 2011 por el llmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Urbartec, S.L., con domicilio en Avenida de la Feria, 14-2.ª, Albaida (Valencia) y CIF n.° B-97415376, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 7691, libro 4988, folio 61, sección 8.ª, hoja V-94392, inscripción 1.ª
Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 19 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.