Edicto
D. José Luis Gutiérrez MartÃn, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,
Hago saber: Que en el procedimiento n.º 207/11, por auto de fecha 20/12/16 se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor Suministros y Servicios del Agua de Galicia, S.L., con CIF B36280550, y domicilio en Campo das Mozas, 13, Petelos, Mos, Pontevedra, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
1. Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación del presente concurso de acreedores de Suministros y Servicios del Agua de Galicia, S.L., con CIF B36280550 y domicilio en Campo das Mozas, 13, Petelos, Mos, Pontevedra, con los efectos legales inherentes.
2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4. Se acuerda la extinción de la sociedad Suministros y Servicios del Agua de Galicia, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5. NotifÃquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. PublÃquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de Impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).
Pontevedra, 20 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.