Edicto
Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Mercantil n.º 1 de Teruel, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento concursal número 346/2011 referente al concursado Alcañizana de Hormigón, S.A., con domicilio social en Polígono Industrial Las Horcas parcela 24 a 29 de Alcañiz (Teruel), con CIF A44010668, por auto de fecha 28 de octubre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:
Primero.-Acordar la conclusión del concurso de la mercantil Alcañizana de Hormigón, S.A. y el archivo de las actuaciones.
Segundo.-Acordar la aprobación de las cuentas formuladas por la Administración concursal al no haberse formulado oposición alguna contra ellas.
Líbrese mandamiento al Registro correspondiente para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos referentes a la sociedad concursada, y su publicación correspondiente.
Teruel, 28 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de la Justicia, Jara Naya Alfranca.
Doña Laura Hernandez Marzo, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción (Mercantil) n.º 1 de Teruel, anuncia:
1.- Que en el Sección V liquidación 0000346/2011 referente al concursado Alcañizana de Hormigón Sociedad Anónima Unipersonal, se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el día seis de marzo de dos mil catorce, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración Concursal.
2.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.
Teruel, 6 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña María Jesús Jimeno del Valle, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción (Mercantil) núm. 1 de Teruel, anuncia:
Que en el Sección I Declaración Concurso 0000346/2011, referente al concursado Alcañizana de Hormigón, Sociedad Anónima Unipersonal, por auto de fecha trece de enero de dos mil catorce, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil Alcañizana de Hormigón, Sociedad Anónima Unipersonal, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. La apertura de la sección sexta de calificación no se producirá hasta que se dicte resolución por la que se apruebe el plan de liquidación conforme a las normas legales supletorias.
Teruel, 13 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 (Mercantil) de Teruel, anuncia:
1. Que en el Sección I Declaración Concurso 0000346/2011 referente al deudor Alcañizana de Hormigón, Sociedad Anónima Unipersonal, con CIF: A-44010668, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derecho y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Teruel, 26 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.
Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000346/2011 se ha dictado, en fecha 13 de diciembre de 2011, auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Alcañizana de Hormigón, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio social en Polígono Las Horcas, parcela 24 a 29, Alcañiz (Teruel) con CIF A 44010668.
2.º El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración, mediante su autorización o conformidad.
3.º Se ha nombrado administrador concursal al amparo del artículo 2.3.º LC a don Leopoldo López Máñez.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Teruel, 14 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.