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Concurso de acreedores terminado Diva Construcciones Urbanas Sl (En Liquidacion)

El 23-11-2011, Diva Construcciones Urbanas Sl (En Liquidacion), en ALBACETE (Albacete) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALBACETE. El número de insolvencia de esta empresa es B02381424. La actividad (principal) de Diva Construcciones Urbanas Sl (En Liquidacion) es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Diva Construcciones Urbanas Sl (En Liquidacion)
Localidad:
ALBACETE
Provincia:
Albacete
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B02381424
Número de insolvencia:
B02381424
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DOCTOR FERRAN, 3 - ENTR 5 0
02004 ALBACETE
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ALCALDE MARTINEZ DE LA OSSA 3
02001 ALBACETE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
01-03-2021
A210011558
 
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

D. Francisco Javier Martínez Marín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil de Albacete, por el presente,

Hago saber:

Que en el concurso nª 1302/2011 de la mercantil deudora Diva Construcciones Urbanas, S.L., con CIF B02294635, se ha dictado con fecha 18 de febrero de 2021 auto de conclusión de concurso por insuficiencia de masa activa de los artículos 473 y ss. del TRLC, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo.

Albacete, 19 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Francisco Javier Martínez Marín.

31-07-2012
A120055760
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

D. Sigfrido Mangas Morales, Secretario del Juzgado Primera Instancia núm. 3, Mercantil de Albacete, por el presente, hago saber:

Que en el procedimiento concursal 1302/2011 referente a los concursados Diva Construcciones Urbanas, S.L., con CIF B-02294635, y Proyectos Inmobiliarios Diva, S.L., con CIF B-02381424, por auto de fecha 09/07/2012 se ha acordado lo siguiente:

1.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.º Se han declarado disueltas las mercantiles concursadas Diva Construcciones Urbanas, S.L. y Proyectos Inmobiliarios Diva, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Albacete, 9 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

09-01-2012
A120000064
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

Don Sigfrido Mangas Morales, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número 3 y de lo Mercantil de Albacete, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 0001302/2011, por auto de 23 de Noviembre de 2011, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Diva Construcciones Urbanas, S.L., con CIF B-02294635, con domicilio en Albacete, Calle Doctor Ferrán, nº 3 entreplanta puerta 5, y a Proyectos Inmobiliarios Diva, S.L., con CIF B-02381424, con el mismo domicilio.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, habiendo recaído dicho cargo en la persona de don José Ángel Muñoz Garrido, abogado, con despacho profesional en Albacete, en Paseo de la Libertad, n.º 10, 7º B, teléfono 967241595.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la publicación de la declaración del concurso que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

Albacete, 19 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
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