Edicto
Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo,
Hace saber: Que en el Sección I declaración Concurso 0000268/2011, referente al concursado Contratas y Asfaltos Regueiro, Sociedad Limitada, CIF B74009374, con domicilio social en Cangas del Narcea, calle Santa Bárbara, 10, 33800, por auto de fecha 11 de junio de 2012 se ha acordado lo siguiente:
1.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.º Se ha declarado disuelta la mercantil Contratas y Asfaltos Regueiro, Sociedad Limitada, CIF B74009374, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en Boletín Oficial del Estado, y en el diario El Comercio, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Oviedo, 11 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.
Edicto.
Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo,
Por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración Concurso 0000268/2011 se ha dictado a instancias de Contratas y Asfaltos Regueiro, Sociedad Limitada, en fecha 14 de noviembre de 2011 Auto de declaración de concurso del deudor Contratas y Asfaltos Regueiro, Sociedad Limitada, CIF B-74009374, con domicilio social en calle Santa Bárbara, 10, bajo, Cangas del Narcea.
2.º Se ha acordado que la deudora Contratas y Asfaltos Regueiro, Sociedad Limitada, conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico La Voz de Asturias.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).
Oviedo, 14 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.