Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2, Mercantil de Lugo, anuncia:
Que en la Sección I Declaración Concurso 0001052/2011, referente al concursado Fru-Cid, S.L., por auto de fecha 2 de Mayo, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la entidad mercantil Fru-Cid, S.L. B27142298, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Lugo, 2 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.
Don Francisco Julián Hinojal Gijón,Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 2, Mercantil de Lugo, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración Concurso 1052/2011 referente al concursado FRU-CID SL B27142298 se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 8 de junio a las diez treinta horas, en la Sala de Audiencias de este Tribunal.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta,el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Lugo, 23 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Lugo, anuncia:
1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 1052/2011 referente al deudor FRU-CID SL B27142293 se ha presentado el informe de la administración concursal,al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Lugo, 19 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia 2 Mercantil de la provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 1052/11 por auto de 24 de octubre se ha declarado en concurso voluntario, abreviado al deudor FRU-CID, S.L., B27142298, con domicilio en Polígono Industrial del Reboredo, parcela B-1, Sub-1, Monforte y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Monforte.
2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Ha sido designado administrador el economista Carlos Manuel Costas Manzanares, Urbanización Os Alargos I, 21, San Martín de Guillar, Otero de Rey.
3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esa comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita.
4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Lugo, 24 de octubre de 2011.- El Secretario judicial.