El 05-10-2011, Union Panadera De Hinojos S.L., en HINOJOS (Huelva) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de HUELVA. El número de insolvencia de esta empresa es B21012430. La actividad (principal) de Union Panadera De Hinojos S.L. es industria de la alimentación.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Union Panadera De Hinojos S.L.
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B21012430
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
Edicto
El Juzgado Mercantil (Huelva), anuncia:
Que el procedimiento número 437/2011 referente al concursado Unión Panadera de Hinojos, Sociedad Limitada, por auto de 12 de abril de 2016 se ha acordado lo siguiente:
La conclusión del concurso voluntario de la mercantil Unión Panadera de Hinojos, Sociedad Limitada.
Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades acordadas respecto del concursado.
La declaración de extinción de la sociedad Unión Panadera de Hinojos, Sociedad Limitada, y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda.
Huelva, 13 de abril de 2016.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 437/2011 referente al concursado Unión Panadera de Hinojos, Sociedad Limitada, se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el día 26-6-2012 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
2.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan, formular observaciones y modificaciones al mismo.
Huelva, 20 de junio de 2012.- El/la Secretario Judicial.
- Cese de los Administradores
- Apertura de la fase de liquidación
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 437/2011 referente al concursado Unión Panadera de Hinojos, Sociedad Limitada, por auto de fecha 31 de mayo de 2012 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la Unión Panadera de Hinojos, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Huelva, 31 de mayo de 2012.- El/La Secretario Judicial.
- Presentación del Informe de la administración concursal
- Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 437/2011 referente al deudor Unión Panadera de Hinojos Sociedad Limitada, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Huelva, 28 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1. Que en procedimiento número 437/2011, por auto de 05/10/2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Unión Panadera de Hinojos, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal B-21012430, y domicilio en calle Prolongación Reyes Católicos, número 46, de Hinojos (Huelva), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Hinojos (Huelva).
2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a intervención de la administración concursal.
3. Que los acreedores concursales deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el boletín oficial del estado y en el /los periódicos.
4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Huelva, 5 de octubre de 2011.- El/la secretario judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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