Don Sigfrigo Mangas Morales, Secretario del Juzgado Mercantil de Albacete, por el presente,
Hago saber:
Que en el procedimiento concursal 1349/2011 referente al concursado "Construcciones Juan José López Villena, S.L.", con CIF B-02256691, por auto de fecha 14 de mayo de 2012 se ha acordado lo siguiente:
1.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.º Se ha declarado disuelta la mercantil concursada "Construcciones Juan José López Villena, S.L.", cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal.
4.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlos en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín Oficial del Estado", cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Albacete, 14 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.
Don Sigfrido Mangas Morales, Secretario del Juzgado Mercantil de Albacete, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 0001349/2011, por auto de 9 de noviembre de 2011, se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Juan José López Villena, Sociedad Limitada", con CIF B-02256691, con domicilio en Casas de Juan Núñez (Albacete), calle Cubas, número 34, bajo.
2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, habiendo recaído dicho cargo en la persona de don José Miguel Juárez Mulero, con domicilio en calle Pablo Medina, 20, de Albacete, teléfono 967214912.
3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días, a contar de la publicación de la declaración del concurso que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
Albacete, 9 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.