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Concurso de acreedores terminado Sollana Urbana Sl

El 10-11-2011, Sollana Urbana Sl, en SOLLANA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B46845566. La actividad (principal) de Sollana Urbana Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Sollana Urbana Sl
Localidad:
SOLLANA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B46845566
Número de insolvencia:
B46845566
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RAMON Y CAJAL 42
46430 SOLLANA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-06-2019
A190036905
 
  • Conclusión del concurso
 

Don José Víctor Sanz Gordon, Letrado Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de VALENCIA, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000859/2011, habiéndose dictado en fecha 13/06/2019 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO LA CONCLUSION del concurso de la mercantil SOLLANA URBANA, S.L.U., con CIF B-46845566, cesando todos los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición de nuevos bienes.

Acuerdo la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad instante y cancelación de sus asientos registrales.

Cese en su cargo el administrador concursal, D. BRUNO ARANEGUI CRIADO, quedando aprobada la rendición final de cuentas.

Notifíquese esta resolución a la administración concursal, a la concursada y a tos las partes del procedimiento.

Publíquese la misma mediante anuncios que se fijaran en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, de forma gratuita por inexistencia de bienes.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil para que proceda a la cancelación de la inscripción de los asientos correspondientes a la declaración del concurso y la hoja registral de la sociedad. Asimismo, el Registrador Mercantil deberá comunicar al resto de registros públicos en los que la concursada tenga inscritos bienes y derechos, la presente conclusión a los efectos oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 178.2 LC, en relación con los arts. 23 y 24 LC y art. 323 RRM mandamientos que se entregaran al/la Procurador/a de la concursada CAMPS SAEZ, BEGOÑA a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno al no haberse formulado oposición (art 177 LC).

Insértese testimonio de esta resolución en los autos principales y llévese el original al Libro correspondiente. Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe.

Valencia, 13 de junio de 2019.- Letrado Administración Justicia, José Víctor Sanz Gordon.

05-06-2018
A180037999
 

Doña CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia,

Anuncia:

Que en este Órgano judicial y bajo el número 859/2011 se siguen autos de concurso de acreedores de SOLLANA URBANA SLU, y en cuya sección quinta, a instancias de la administración concursal, se ha dictado resolución acordando la autorización de venta directa de los bienes inmuebles con número de referencia registral n.° 19.041, inscrita en el Registro de la Propiedad de Sueca, y las fincas n.° 19.309, 19.310. 19.311, 19.312, 19.313, 19.315, 19.316, 19.317,19.318, y 19.320, inscritas en el Registro de la Propiedad de Sueca a favor de CIMENTADOS3 S.A. cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1. Dispongo.- Debo acordar y acuerdo conceder la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados, a la Administración Concursal del presente concurso de la mercantil SOLLANA URBANA, S.L.U., sobre:

2. Las fincas registrales n.° 19.041, inscrita en el Registro de la Propiedad de Sueca, y las fincas registrales n.° 19.309, 19.310. 19.311, 19.312, 19.313, 19.315, 19.316, 19.317, 19.318, y 19.320, inscritas también en el Registro de la Propiedad de Sueca, titularidad de la mercantil SOLLANA URBANA, Sl.U., en favor de la entidad CIMENTADOS3, S.A., por la suma conjunta de 1.010.627,03 euros, más los gastos de compraventa y cancelación de hipotecas, mas los gastos de comunidad e IBI pendientes, y pago de la plusvalía, incluyendo pago al contado que se abonará directamente al acreedor hipotecario

Procédase, antes de la ejecución de dicha venta, a otorgar la publicidad legal de lasofertas, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre losinteresados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida.

Notifíquese este Auto a las partes personadas, previniéndolesde que contra elmismocabe recurso de reposición dentro de los 5 días siguientes a su notificación, interponiéndose ante este mismo Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª. Doy fe.

3. El bien objeto de la venta es: las fincas registrales n.° 19.041, inscrita en el Registro de la Propiedad de Sueca, y las fincas registrales n.° 19.309, 19.310. 19.311, 19.312, 19.313, 19.315, 19.316, 19.317, 19.318, y 19.320, inscritas también en el Registro de la Propiedad de Sueca.

Valencia, 10 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

05-03-2018
A180014548
 

D./Dña. Cristina M.ª Valera Domenech, Letrado/a. A. Justicia del Juzgado de lo Mercantil Num. 3 de Valencia

Anuncia

Que este Órgano judicial y bajo el número 859/2011 se siguen autos de concurso de acreedores de Sollana Urbana Slu, y en cuya sección quinta, a instancias de la administración concursal, se ha dictado resolución acordando la autorización de venta directa de los bienes inmuebles con número de referencia registral 18.462 y 18.466 inscrita en el Registro de la Propiedad de Sueca a favor de Ana María Benavent Boira cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Dispongo.- Debo acordar y acuerdo conceder la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados, a la Administración Concursal del presente concurso de la mercantil Sollana Urbana, S.L.U., sobre las fincas registrales num. 18462 y 18466, inscritas en el Registro de la Propiedad de Sueca, a favor de Dña. Ana M.ª Benavent Boira, por la suma conjunta de 31.000 euros, más gastos de compraventa e impuestos pendientes de pago; y pago al contado.

Procédase, antes de la ejecución de dicha venta, a otorgar la publicidad legal de las ofertas, consistente en la misma publicidad que corresponde a la subasta del bien, por un plazo de 10 días, con prevención de que dentro de tal plazo podrá presentarse tercero que mejore aquel precio, abriéndose en tal caso licitación entre los interesados. Transcurrido dicho plazo sin postor alternativo, tendrá plena efectividad la autorización concedida.

Debo denegar y deniego la autorización de venta directa, como alternativa a la realización liquidatoria de bienes hipotecados, a la Administración concursal del presente concurso de la mercantil Sollana Urbana Slu, sobre la finca registral num. 19031, inscrita en el Registro de la Propiedad de Sueca, en los términos interesados por la AC.

Notifíquese este Auto a las partes personadas, previniéndoles de que contra el mismo cabe recurso de reposición dentro de los 5 días siguientes a su notificación, interponiéndose ante este mismo Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª Doy Fe.

El bien objeto de la venta es: fincas registrales número 18462 y 18466, inscritas en el registro de la Propiedad de Sueca.

Valencia, 15 de noviembre de 2017.- El Letrado A. Justicia.

21-11-2011
84153
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Dña. Sofía Parrilla Galdón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000859/2011 habiéndose dictado en fecha diez de Noviembre de 2011 por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Sollana Urbana, S.L.U., se ha presentado solicitud de declaración de concurso voluntario de la citada entidad, con domicilio en Sollana (Valencia), calle Ramón y Cajal, nº 42-bajo,CIF nº B-46845566, e inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 2984, libro 300 de la sección 8.ª del libro de sociedades, folio 168, hoja V-4358, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D/ª con domicilio profesional en, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85.

Valencia, 10 de noviembre de 2011.- Secretaria Judicial.

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