Edicto
EL Juzgado de lo Mercantil de Granada, anuncia:
Que el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 492/2011 referente al concursado CADIENVAS, S.L., por auto de fecha treinta de abril de 2014 ha acordado los siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 10 de junio de 2014, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día treinta de junio de 2014.
3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Granada, 6 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
Edicto
El Juzgado Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 492/11, por auto de fecha catorce de octubre de dos mil once, se ha declarado en concurso necesario abreviado la entidad Cadienvas, S.L., con CIF núm. B-18369991 y con domicilio en C/ Cañada Pajares, s/n, 18519 Purullena (Granada), donde tiene su centro de intereses principales.
2.º-Se suspende el ejercicio por el deudor Cadienvas, S.L., de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal.
3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos mediante correo certificado a la siguiente dirección:
Administración concursal de Cadienvas, S.L.
C/ San Juan de Dios, n.º 49, 1.º, 18001-Granada.
El plazo para esta comunicación es el de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.
4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Granada, 31 de octubre de 2011.- El Secretario judicial.