D. Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia, de Jdo. 1.ª Inst. e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
Que en el Concurso n.º 0000798/11, referente al concursado Ecológicos La Vera, S.L., por auto de fecha 19-05-2016, se ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso, por inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.-
2.- La extinción de la sociedad Ecológicos La Vera, S.L., con CIF n.º B-10316172 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros que corresponda con expedición de Mandamiento conteniendo testimonio de resolución firme.
3.- La aprobación de la rendición de cuentas del ministrador Concursal D. Francisco Tomás Martínez Casado.
4.- Archivar definitivamente las actuaciones.
Cáceres, 19 de mayo de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres,
Anuncia
Que en la Sección V Convenio 798/2011, referente al concursado Ecológicos la Vera, S.L., por Auto de fecha 10 de junio de 2015, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil Ecológicos la Vera S.L., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interes legítimo, podrá personarse en dicha Sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Cáceres, 10 de junio de 2015.- El Secretario judicial.
Edicto
D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
1.- Que en la Sección V Convenio 798/11, en el que figura como concursado Ecológicos La Vera, S.L., se ha dictado el día 19-09-2012, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Ecológicos La Vera, S.L. y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 20-06-2012.
2.- El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que debe presentarse mediante escrito en este órgano judicial en el plazo de veinte días computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable
Cáceres, 19 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Edicto
D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Cáceres, anuncia:
1.- Que en el procedimento concursal número Sección I Declaración Concurso 798/11 referente al concursado Ecológicos La Vera, S.L., se ha convocado Junta de acreedores, que se celebrará el día 20-6-2012, a las 10,00 horas, en la Sala de Vistas 1, de la Planta Baja, del Palacio de Justicia de Cáceres, sito en Avda. de la Hispanidad, s/n.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluídos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Cáceres, 30 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial de Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 y Mercantil de Cáceres, anuncia:
1. Que en la Sección I Declaración Concurso 798/2011, referente al deudor Ecológicos La Vera, S.L., con CIF n.º B-10316172, se ha presentado el informe de la administración concusal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Cáceres, 28 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Edicto
D. Juan Fernando Montero Manchado, Secretario Judicial del Juzgado 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección 1 declaración concurso 798/11 se ha dictado en fecha 17-10-2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor ECOLOGICOS LA VERA, S.L., con CIF n.º B-10316172, cuyo centro de interés principal lo tiene en Pasarón de la Vera (Cáceres).
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de la administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Cáceres, 17 de octubre de 2011.- Secretario Judicial.