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Concurso de acreedores terminado Pigal Hosteleria De Oropesa Sociedad Limitada

El 28-06-2011, Pigal Hosteleria De Oropesa Sociedad Limitada, en CASTELLON PLANA/CASTELLO (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12228409. La actividad (principal) de Pigal Hosteleria De Oropesa Sociedad Limitada es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Pigal Hosteleria De Oropesa Sociedad Limitada
Localidad:
CASTELLON PLANA/CASTELLO
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B12228409
Número de insolvencia:
B12228409
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
RONDA MAGDALENA 0
12004 CASTELLON PLANA/CASTELLO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-12-2019
A190072031
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 7 de noviembre de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [C.N.A], número 000426/2011, N.I.G. número 12040-66-2-2011-0000527, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor Pigal Hostelería de Oropesa, Sociedad Limitada, domiciliado en calle Torrenostra nº 2, Grao de Castellón y C.I.F. número B12228409.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte Dispositiva:

"1º.- Se declara la conclusión del presente concurso de Pigal Hostelería de Oropesa, Sociedad Limitada, seguido bajo el número Concurso Abreviado [C.N.A], número 426/2011, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2º.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal.

3º.- En particular, acordar la extinción de la entidad Pigal Hostelería de Oropesa, Sociedad Limitada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4º.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia Ley Concursal (artículo 177.3 de la Ley Concursal).

5º.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la Ley Concursal) a los registros públicos que correspondan.

6º.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7º.- Notifíquese el presente auto a la Administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso. Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la Ley Concursal).

Magistrado Letrado de la Administración de Justicia".

Castellón de la Plana, 8 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Mercedes Checa Moya.

08-08-2011
62296
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero.- Que por auto de fecha 28 de junio de 2011, en el procedimiento número 426/2011, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Pigal Hostelería de Oropesa, S.L., con domicilio en calle Torrenostra, número 2 y CIF número B-12228409.

Segundo.- Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Castellón, 30 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

Informes
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