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Concurso de acreedores Viguetas Ribe Coop.Valenciana

El 08-06-2011, Viguetas Ribe Coop.Valenciana, en ALGIMIA DE ALFARA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. Como síndico se ha designado VALERO BELDA SERGIO. El número de insolvencia de esta empresa es F46280194. La actividad (principal) de Viguetas Ribe Coop.Valenciana es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Viguetas Ribe Coop.Valenciana
Localidad:
ALGIMIA DE ALFARA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
F46280194
Número de insolvencia:
F46280194
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FUTUR (CRTA ALGIMIA DE ALFARA) 0
46148 ALGIMIA DE ALFARA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-10-2013
A130055125
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Doña Cristina María Valero Domench, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Por el presente, se hace saber, que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Viguetas Ribe Coop. V., con el número de registro 484/2011 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 6 de junio de 2013, con el siguiente tenor literal:

Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación.

"Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador/es de la empresa concursada. (art. 145 LC).

Se declara la disolución de la mercantil concursada viguetas Ribe Coop. V. con CIF n.º F-46280194, lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, don Sergio Valero Belda con D.N.I./N.I.F. número 44.505.846-H, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148. 1 LC.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto-ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Expídase testimonio de la presente resolución a efectos de publicidad en el BORME en los términos legales previstos.

Expídase mandamiento a Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados en esta resolución.

Fórmense la Sección Quinta del Concurso.

Respecto de la Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (artículo 455 LECn).

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 24 de septiembre de 2013.-

19-07-2011
55913
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

D./Dña. María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 484/2011 habiéndose dictado en fecha 8 de junio de 2011 por el Ilm/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Viguetas Ribe Coop, V., con domicilio social en Algimia de Alfara (Valencia), Carretera de Algimia, s/n; CIF n.º F-46280194, e inscrita en el Registro de Cooperativas, con el número CV 177, decretándose la intervención de las funciones de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Sergio Valero Belda, con DNI 44.505.846-H, y domicilio en Valencia, calle Periodista Azzati 4-2.º-2.º, y teléfono 963528818 y 656473372 expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85.

Valencia, 4 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.

Síndico / administrador
Síndico:
VALERO BELDA SERGIO
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
-
E-mail:
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Sitio web:
-
Informes
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