Edicto,
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 165/2011, que se sigue en este Juzgado a instancia de PROYECTOS Y CONSTRUCIONES EXAGAYCA, S.L. B14536064 y representado por la procuradora D.ª María del Pilar Durán Sánchez, se ha dictado auto de conclusión de concurso de igual fecha al presente y en cuya parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
"Se declara concluido el concurso de PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES EXAGAYCA, S.L. declarándose la extinción de la sociedad
Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.
Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para el cierre de la hoja registral de la concursada por liquidación de esta, con mandamiento de la presente.
Contra la presente resolución no cabe recurso.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el Texto Refundido de la Ley Concursal y se dará a la misma la publicidad prevista para la declaración de concurso.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado Titular del Juzgado Mercantil de Córdoba."
Córdoba, 27 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 165/11, referente al concursado "Proyectos y Construcciones Exagayca, S.L.", con CIF B14536064, se ha aprobado por Auto de fecha 7 de marzo de 2013 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado.
2. Se acuerda asimismo, en el presente procedimiento, formar la sección sexta de calificación del concurso, lo que se anunciará por edictos se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 26 de noviembre de 2013.- El Secretario.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número concurso ordinario 165/2011 referente al concursado "Proyectos y Construcciones Exagayca, Sociedad Limitada", con código de identificación fiscal número B-14536064, por auto de fecha 13 de septiembre de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del Convenio a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Proyectos y Construcciones Exagayca, Sociedad Limitada", cesando en su función sus Administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
4. Proceder a la formación de la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este auto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Córdoba, 13 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 165/2011 referente al deudor Proyectos y Construcciones Exagayca, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B14536064, domicilio en avenida Gran Capitán, número 20, en Córdoba, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Córdoba, 2 de noviembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba (antiguo Instancia número 9) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1. Que en el procedimiento número 165/2011, por auto de quince de junio de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Proyectos y Construcciones Exagayca, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal B-14536064, domicilio en avenida Gran Capitán, número 20, en Córdoba, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.
2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3. Que los acreedores del concursado deben de poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Córdoba, 15 de junio de 2011.- El/la Secretario Judicial.