Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Fcv Rey Constructora Sl

El 14-03-2011, Fcv Rey Constructora Sl, en MARIN (Pontevedra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36492049. La actividad (principal) de Fcv Rey Constructora Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Fcv Rey Constructora Sl
Localidad:
MARIN
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36492049
Número de insolvencia:
B36492049
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ORENSE 0
36900 MARIN
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-12-2013
A130066485
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º- Que en el procedimiento número 239/12-P por auto de fecha 11.10.2013 se ha decretado la conclusión, por finalización de la fase de liquidación del presente concurso de acreedores de FCV Rey Constructora, S.L., con CIF B-36492049 con domicilio en Avda. de Orense, n.º 34, bajo, Marín-Pontevedra, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad FCV Rey Constructora, S.L., con CIF B-36492049 y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Así lo manda y firma S.S. de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez. El Secretario.

Pontevedra, 13 de noviembre de 2013.- Secretario Judicial.

01-06-2011
44707
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración concurso 219/2010 se ha dictado a instancias de Castilla y León, S.A., Forjados y Estructuras Ligeras, en fecha 14-3-11, auto y declaración de concuso necesario del deudor FCV Rey Constructora, S.L., CIF B-36492049, con domicilio en Avda. de Orense, n.º34- bajo- Marín- Pontevedra.

2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición, siendo el deudor sustituido por la administración concursal que se designara al efecto.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quein acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 14 de marzo de 2011.- Secretario Judicial.

14-03-2011
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
Se declara en CONCURSO NECESARIO al deudor "FCV REY CONSTRUCTORA, S.L.", con C.I.F. B-36.492.049, con domicilio en Avenida de Orense número 34-bajo- Marin, Pontevedra, a instancia del acreedor "FORJADOS Y ESTRUCTURAS LIGERAS CASTILLA Y LEON, S.A.". Considerar el concurso con el carácter de NECESARIO. Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal que se designará al efecto. La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: - El economista DON PELAYO NOVOA MIÑAMBRES, con D.N.I. 44.025.067-P.
Informes
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