Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Barcelona hago saber que:
En el Concurso abreviado 252/2011 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de FINQUES VILADECAVALLS SCC.L., con NIF F61299137, con domicilio en Calle OLESA S/N, Viladecavalls.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 4 de junio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto.
Don José M.ª Valls Soriano Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 252/2011 en el que se ha dictado con fecha 12/5/11 auto declarando en estado de concurso a la entidad Finques Viladecavalls, SCC.L. con CIF F-61299137 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Tipo de concurso: voluntario.
Concursada: Finques Viladecavalls SCC.L. con domicilio en Crta. Olesa, s/n., Viladecavalls
Administrador concursal: Don Marcos Baigorri Puerto (auditor), con domicilio en Pza. Urquinaona, 6 planta 14 Barcelona.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal sita Gran Via Corts Catalanes, 111 planta 13 edificio C, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 16 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.