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Concurso de acreedores terminado Necosa Invest Sociedad Limitada

El 28-04-2011, Necosa Invest Sociedad Limitada, en CONSTANTI (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es B43874411. La actividad (principal) de Necosa Invest Sociedad Limitada es actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Necosa Invest Sociedad Limitada
Localidad:
CONSTANTI
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B43874411
Número de insolvencia:
B43874411
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Entidades financieras
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
D'ALEMANYA (POL. INDUSTRIAL CONSTANT) 0
43120 CONSTANTI
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-01-2015
A140063466
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona por el presente,

Hace saber:

Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil NECOSA INVEST SL (CIF n.º B-43.874-411), seguidos en este Juzgado con el n.º 229/2011-3, se ha dictado en fecha 17-12-14 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de NECOSA INVEST, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 229/11 a instancias de NECOSA INVEST, S.L. y el archivo por insuficiencia de masa activa.

Se declara la extinción de la mercantil NECOSA INVEST, S.L. (CIF n.º B-43.874-411 ) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor uirgencia en el Boletín Oficial del estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su dia, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Igualmente líbrese mandamiento al Registro Público concursal.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente

Tarragona, 17 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial.

17-05-2011
33206
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente

Hace saber: Que en los autos seguidos en este juzgado con el n.º 229/2011 se ha dictado en fecha 28-4-11 auto de declaración de concurso voluntario de Necosa Invest, S.L., con CIF B-43.874-411 y domicilio social en c/ Alt Empordà, n.º 93 de Tarragona, representada por el procurador don Ángel R. Fabregat Ornaque y defendida por los letrados don Raimon Tagliavini y doña Ariadna Cambronero y se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 28 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.

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