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Concurso de acreedores terminado Pedro Alajarin Dominguez Sl

El 06-04-2011, Pedro Alajarin Dominguez Sl, en LAS ROZAS DE MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B81622912. La actividad (principal) de Pedro Alajarin Dominguez Sl es servicios a edificios y actividades de jardinería.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Pedro Alajarin Dominguez Sl
Localidad:
LAS ROZAS DE MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B81622912
Número de insolvencia:
B81622912
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
CORUÑA (KM 21,2) 0
28230 LAS ROZAS DE MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-02-2021
A210005204
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, anuncia:

1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 52/2011 referente al deudor PEDRO ALAJARIN DOMINGUEZ, S.L., con CIF B81622912 y domicilio en carretera Coruña, las Rozas de Madrid, C.P. 28230 por auto de fecha 22 de enero de 2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. art. 473 del TRLC.

2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.

3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.

Madrid, 21 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

14-04-2012
A120021628
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la sección seis
 

D.ª M.ª C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo se sigue concurso voluntario abreviado n.º 52/2011, a instancia de la mercantil Pedro Aljarín Domínguez, S.L., con CIF B-81622912, en el que recayó sentencia de fecha 22 de marzo de 2012 de aprobación de propuesta de convenio.

Que en la parte dispositiva de la mencionada sentencia constan los siguientes particulares:

"Que debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la ley, por haber obtenido las mayorías necesarias, la proopuesta de convenio presentada en el concurso de Pedro Aljarín Domínguez, S.L., por la concursada.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estoss últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concrusada, debiendo presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución, sin perjuicio de conservar plena legitimación para continuar los incidentes en curso y en especial lo relativo a la formación de la sección de calificación.

Se acuerda la apertura de la Sección 6.ª pieza de calificación.

Se concede el plazo de 10 días a contar desde la última publicación que se realice de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la Sección 6.ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable"

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 144 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 22 de marzo de 2012.- La Secretario Judicial.

19-04-2011
25122
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña. M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil N.º 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 52/2011, en el que recayó Auto de fecha 6 de abril de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Se declara en Concurso Voluntario a la mercantil Pedro Aljarín Domínguez, S.L., con C.I.F. B-81622912"

"Se acuerda la intervención de las facultades del deudor"

"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince días a contar desde la publicación"

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en el lugar y la fecha expresados.

Madrid, 6 de abril de 2011.- Secretario Judicial.

Informes
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