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Concurso de acreedores terminado Construcciones Pascual Ciordia Sl

El 14-03-2011, Construcciones Pascual Ciordia Sl, en ARNEDO (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26415380. La actividad (principal) de Construcciones Pascual Ciordia Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Pascual Ciordia Sl
Localidad:
ARNEDO
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B26415380
Número de insolvencia:
B26415380
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SANTA EULALIA 4
26580 ARNEDO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-02-2014
A140004016
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 1423/2010, N.I.G.: 26089 42 1 2010 0009363 por auto de fecha 3 de diciembre de 2013, se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a Construcciones Pascual Ciordia, S.L., con C.I.F.B-264115380, con domicilio social en Arnedo (La Rioja), calle Santa Eulalia n. º 4, Revestimientos Pascual Ciordia, S.C., con C.I.F.J-26283358 y con domicilio social en Arnedo (La Rioja) en plaza San José, n.º1-1.º D,cuyos únicos socios y a la vez concursados son Javier Pascual Ciordia, con D.N.I.16.570.111-Z, con domicilio en Quel, Calle La Paz, n.º 28, y D.ª Silvia Rada Soldevilla con D.N.I.16.589.483-C y domicilio en Calle La Paz, n.º 28.

Asimismo, se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de los concursados con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad a terceros.

2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de los concursados.

3.º Los deudores quedan responsables del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Construcciones Pascual Ciordia, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 3 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

15-12-2011
90133
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal numero 1423/10 referente a los concursados Construcciones Pascual Ciordia, Sociedad Limitada, con CIF B26415380, con domicilio social en Arnedo, calle Santa Eulalia, 4, Revestimientos Pascual Ciordia, S.C., con CIF J-26283358, con domicilio social en Arnedo, calle San José 1, 1.º D, Javier Pascual Ciordia y Silvia Rada Soldevilla, con domicilio ambos en Quel, calle la Paz, 28, y DNI 16570111-Z y 16589483-C, respectivamente, por Auto de fecha 14 de noviembre de 2011 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el articulo 142.1.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose las secciones quinta y sexta del concurso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursadas sobre su patrimonio.

3.- La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Se declara extinguido el derecho de alimentos de los concursados con cargo a la masa activa.

5.- En el plazo de ocho días computados desde la notificación del Auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme al artículo 148 de la Ley Concursal.

6.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

De conformidad con lo estipulado en el articulo 168 de la Ley Concursal, dentro de los cinco días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

Este edicto se publicara en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 14 de noviembre de 2011.- La Secretario Judicial.

08-06-2011
44822
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia 6 de Logroño, y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal numero 1423/10 referente al deudor Construcciones Pascual Ciordia, Sociedad Limitada, Revestimientos Pascual Ciordia, S.C., Javier Pascual Ciordia y Silvia Rada Soldevilla, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capitulo I del titulo IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en el Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de 10 días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia.

3.- Para hacerlo necesitan valerse de Abogado y Procurador.

Logroño, 16 de mayo de 2011.- La Secretario Judicial.

13-04-2011
24140
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña Maria Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia 6 de Logroño y Mercantil de la Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en él articulo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1. Que en el procedimiento 1423/10, por auto de fecha 14-03-2011, se ha declarado en concurso voluntario a los deudores, Construcciones Pascual Ciordia, Sociedad Limitada, con CIF B-264115380, con domicilio social en Arnedo (La Rioja), calle Santa Eulalia, 4, Revestimientos Pascual Ciordia, Sociedad Cooperativa, con CIF J-26283358 y con domicilio social en Arnedo (La Rioja), en plaza de San José, 1, 1.ª D, cuyos únicos socios y a la vez concursados son Don Javier Pascual Ciordia, con DNI 16570111Z, con domicilio en Quel, calle La Paz, 28, y Doña Silvia Rada Soldevilla, con DNI 16589483C y domicilio en la calle La Paz, 28.

2. Que los deudores conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el articulo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar de la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BOE.

4-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 Ley Concursal)

Logroño, 15 de marzo de 2011.- La Secretario Judicial.

Informes
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