Doña Mª Isabel Boguña Pacheco, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Valencia, por el presente,
Hago Saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 950/2020, habiéndose dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Distribuidora Digital del Descanso, S.L., con CIF número B-40592172, con domicilio en Valencia, avenida Cardenal Benlloch nº. 45, 4º C, habiéndose acordado en la propia resolución la conclusión del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral.
Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 482 y 35 TRLC.
Valencia, 7 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Maria Isabel Boguña Pacheco.
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso de acreedores de Borsant Descanso, S.L., con número de registro 166/11 en cuyo seno de ha dictado auto de fecha 6 de octubre de 2011 con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de los administradores de la empresa concursada.
Se declara la disolución de la mercantil concursada Borsant Descanso, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria que será sustituida por el administrador concursal, Diana Cervell Rodríguez, con DNI número 29.198.355-Q, que presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables."
De conformidad con el artículo 168.1 LC, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en esta Ley, se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 LC, se expide el presente.
Valencia, 6 de octubre de 2011.-
Doña María José Navarro Melchor, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores 166/11 habiéndose dictado en fecha 28 de febrero de 2011 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de "Borsant Descanso, S.L.", con CIF B-97547731, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado Administrador concursal a doña Diana Cervell Rodríguez, con despacho profesional en avenida Peris y Valero, 83, 1.º, 2.ª, de Valencia, expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el "BOE", puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85.
Valencia, 28 de febrero de 2011.- La Secretaria judicial.