Edicto
Doña Irene Ortiz Plaza, LetradA de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid.
En el procedimiento de Concurso Voluntario 844/2010 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de Proing Ingeniería, S.L., con CIF B28745651, así como la aprobación de rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Y para conocimiento de los interesados, expido el presente en el lugar y fecha indicados.
Madrid, 25 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
D.ª M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,
Hago Saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario n.º 844/10, de la entidad Proing Ingeniería, S.L., representada por el Procurador D. Javier Pérez-Castaño Rivas, en el que recayó Auto de fecha 24/02/2014, por el que se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal y la apertura de la fase de calificación concediéndose el plazo de 10 días a contar desde la última publicación que se publique de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6.ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable.
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 148.2 de la Ley Concursal, expido el presente en
Madrid, 24 de febrero de 2014.- Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid.
Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 844/10, a instancias de la entidad Proing Ingeniería, S.L., en el que recayó Auto de fecha 26/06/2013, que ha sido subsanado por Auto de 23/10/2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
1.- Se abre la fase de liquidación, formándose la Sección quinta.
2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se declara disuelta la mercantil concursada Proing Ingeniería, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 144 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 23 de octubre de 2013.- El Secretario judicial.
Dª. M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 844/10, en el que recayó Auto de fecha 7 de marzo de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
"Se declara en Concurso Voluntario a la entidad Proing Ingeniería, S.L., con CIF nº B-28745651."
"Se acuerda la intervención de las facultades del deudor."
"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince días a contar desde la publicación."
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en la fecha expresada.
Madrid, 7 de marzo de 2011.- Secretario Judicial.