El 10-01-2011, Oleo Martos Sociedad Limitada, en MARTOS (Jaén) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es B23388390. La actividad (principal) de Oleo Martos Sociedad Limitada es industria de la alimentación.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Oleo Martos Sociedad Limitada
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B23388390
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Alzamiento de las limitaciones de administración
- Apertura de la sección quinta
- Conclusión del concurso
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia:
Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 556.05/10 referente al concursado Oleo Martos, S.L., con Cif nº B23388390 y domicilio en calle Cazorla s/n, Polígono Industrial de Martos, por Auto de fecha 12 de septiembre de 2019 ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso de la entidad Oleo Martos, S.L., y el archivo de las actuaciones.
2.- Aprobar las cuentas presentadas por la Administración Concursal.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Oleo Martos, S.L.
Jaén, 12 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanca Buendía.
- Cese de los Administradores
- Se deja sin efecto la fase de convenio
- Apertura de la fase de liquidación
- Apertura de la sección quinta
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia: Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 556.05/2010 referente al concursado Oleo Martos, S.L., con CIF: B-23388390, y con domicilio en C/ Cazorla, s/n, Polígono Industrial de Martos, por auto de fecha 23/04/12 ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 02/12/11, por no estar presente el quórum necesario para la celebración de la Junta (50% del pasivo ordinario)
2.- Declarar disuelta la sociedad concursada cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la Administración Concursal.
3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Jaén, 23 de abril de 2012.- El/La Secretario Judicial.
- Convocatoria de Junta de Acreedores
- Apertura de la sección quinta
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia:
1.- Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 556.05/2010 referente al concursado Óleo Martos, S.L., con CIF n.º B-23388390 y domicilio en C/ Cazorla, s/n, Polígono Industrial de Martos. Se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 19 de abril de 2012, a las 10 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.-Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Jaén, 2 de diciembre de 2011.- El/La Secretaria Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén en lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 556/2010, por auto de 10/01/11 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Oleo Martos, S.L, con NIF B-23388390, y domicilio en Cl. Cazorla, s/n, Polígono Industrial de Martos
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 LC).
Jaén, 10 de enero de 2011.- El/La Secretario Judicial.
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