Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Lc Construcciones C.B.

El 31-01-2011, Lc Construcciones C.B., en CAMPO DE CRIPTANA (Ciudad Real) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es E13385265. La actividad (principal) de Lc Construcciones C.B. es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Lc Construcciones C.B.
Localidad:
CAMPO DE CRIPTANA
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
E13385265
Número de insolvencia:
E13385265
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VALENZUELA 5
13610 CAMPO DE CRIPTANA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-02-2011
9108
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Concepción Álvarez García, Secretario/a Judicial del Juzgado de 1.º Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por la presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 633/2009 se h dictado en fecha 31/01/2011 Auto de declaración de concurso necesario del deudor L. C. Construcciones C. B. con CIF E-13385265, con domicilio en Campo de Criptana (Ciudad Real), calle Valenzuela n.º 5, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ciruelos (Toledo), calle José Antonio.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Toledo, 31 de enero de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Informes
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