Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Construcciones Copreconsa Sociedad Limitada

El 31-01-2011, Construcciones Copreconsa Sociedad Limitada, en FUENTE EL FRESNO (Ciudad Real) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13382908. La actividad (principal) de Construcciones Copreconsa Sociedad Limitada es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Copreconsa Sociedad Limitada
Localidad:
FUENTE EL FRESNO
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B13382908
Número de insolvencia:
B13382908
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE LA PROVINCIA 5
13680 FUENTE EL FRESNO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-02-2021
A210005519
 
  • Cese de los Administradores
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Doña Maria Ascensión Prieto de la Calle, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 482 del TRLC:

Anuncia:

1.-Que en el procedimiento concursal abreviado número 691/2016 referente a la mercantil deudora Construcciones Copreconsa, S.L., con CIF: B13382908, por auto de fecha 12 de junio de 2019 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por haberse llevado a cabo las operaciones de liquidación del activo y por resultar incluso después de esa liquidación insuficiencia de bienes para hacer frente al pago de los créditos existentes, con aprobación de las cuentas presentadas por la Administración Concursal insertada en el último informe presentado por la Administración Concursal.

2.-Se acuerda el cese definitivo del administrador concursal designado, D Enrique Lozano Crespo.

3.-Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, acordándose la extinción de la mercantil y el cierre de su hoja registral.

4.-La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares si bien en este supuesto concreto al no existir ya bienes y ordenarse la extinción de la mercantil poco recorrido tendrá esta previsión legal y procesal.

Ciudad Real, 28 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ascensión Prieto de la Calle.

16-06-2014
A140032355
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Anuncia:

1.º Que en los autos de concurso voluntario abreviado seguidos en este órgano judicial con el n.º 145/10 de la concursada "CONSTRUCCIONES COPRECONSA, S.L.", con CIF: n.º B-13382908, se ha dictado en fecha 10 de junio de 2014 auto por el que se ha aprobado el plan de liquidación presentado por la Administración concursal.

2.º Se ha acordado la apertura de la sección sexta de conformidad a lo establecido en el artículo 167 de la LC.

3.º En los diez días siguientes a la última publicación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

4.º De acuerdo con el art. 169 LC, dentro de los quince días siguientes a la expiración de los plazos para la personación de los interesados, la Administración concursal deberá presentar informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso.

Ciudad Real, 11 de junio de 2014.- Secretaria Judicial.

30-11-2013
A130066231
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo mercantil de de Ciudad Real,

Anuncia: Que el procedimiento concursal abreviado n.º 145/2010 de la concursada "Construcciones Copreconsa, S.L.", con CIF B13382908, por auto de fecha 14 de noviembre de 2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 6 de septiembre de 2013, por no haberse ninguna propuesta.

2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 21 de noviembre de 2013, a las 10:30 horas.

3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.

4.- Declarar disuelta la mercantil concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

5.- En el plazo de quince días, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Ciudad Real, 14 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.

17-09-2013
A130051633
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente hago saber: Que en el procedimiento concursal abreviado número 0000145/2010, referente al concursado "Construcciones Copreconsa, S.L.", con CIF B-13382908, por auto de fecha 06/09/13, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal, del concursado "Construcciones Copreconsa, S.L.".

2.- Se abre la fase de convenio, que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la Sección Quinta.

3.- Se convoca Junta de Acreedores, que se celebrará el día 21 de noviembre de 2013, a las 10:30 horas, en la sala de vistas n.º 3 de los Juzgados de Ciudad Real.

4.- Hasta veinte días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio (artículo 191 de la LC, en relación con la disposición transitoria duodécima de la Ley 38/2011, de 10 de octubre).

5.- Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

6.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

7.- Notificar este auto al concursado, a la administración concursal y a las partes personadas.

8.- Anunciar la celebración de la Junta por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Ciudad Real, 9 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

03-02-2011
6716
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 145 /2010, por auto de 31 de enero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado de acreedores a la mercantil Construcciones Copreconsa, S.L.U., CIF B-13382908, con domicilio en Avda. de la Provincia, nº 5 de Fuente el Fresno (Ciudad Real), que coincide con el centro de sus principales intereses.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 31 de enero de 2011.- El Secretario Judicial, don Antonio Gutiérrez Cardenete.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos